• La Diputada Gabriela Sodi (PRD) propone reformas al Código Penal Federal
La Diputada Gabriela Sodi (PRD) plantea reformar el Código
Penal Federal para establecer sanciones de dos a seis años de prisión y el
equivalente de 500 a cinco mil días multa a las personas que maltraten,
abandonen, dañen o torturen a animales de compañía, urbanos y adiestrados.
La iniciativa adiciona un Capítulo Sexto, “Del Maltrato
Animal”, conformado por un artículo 423 Bis, al Título Vigésimo Quinto que se
denominaría “Delitos contra el Ambiente, la Gestión Ambiental y el Maltrato
Animal”.
Establece que se impondrá pena de dos a seis años de prisión
y el equivalente de 500 a cinco mil días multa a quien cometa actos de
maltrato, abandono, daño o tortura en contra de animales de compañía, urbanos y
adiestrados, causándoles daños físicos o psicológicos provocados por
negligencia o de manera intencional perpetrado por sus propietarios, encargados
o terceras personas.
Entre los casos que se sancionarán con esta reforma está el
causarles la muerte innecesaria utilizando cualquier medio que prolongue la
agonía o provoque sufrimiento, y el sacrificio con métodos diversos a los
establecidos en las normas oficiales mexicanas y, en su caso, las
ambientales.
También, cualquier mutilación, alteración de la integridad
física o modificación negativa de sus instintos naturales, que no se efectúe
bajo causa justificada o bajo la observación y cuidado de un especialista o
persona debidamente autorizada, que cuente con conocimientos técnicos en la
materia.
Además, todo hecho, acto u omisión que ocasione sufrimiento
o que ponga en peligro la vida o el bienestar del animal; torturar o maltratar
a un animal por malicia, brutalidad, egoísmo o negligencia grave, entre
otros.
El no brindarles atención médico veterinaria cuando lo
requieran o lo determinen las condiciones para el bienestar animal, así como
abandonarlos en la vía pública o comprometer su bienestar al desatenderlos por
periodos prolongados en bienes de propiedad de particulares.
La iniciativa, enviada a la Comisión de Justicia para
dictamen y a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales para opinión,
señala que la pena prevista en este artículo incrementará al doble si la
persona que comete alguno de los delitos señalados fuese servidor público.
Además, será destituido de su empleo y se le inhabilitará para obtener otro
durante un periodo de ocho a 12 años.
Si la o el servidor público que comete alguno de los
supuestos establecidos en el citado Capítulo fuese el responsable del cuidado y
bienestar del animal, la pena aumentará tres veces más.
Toda persona que ejecute conductas de crueldad, maltrato,
daño o tortura en contra de un animal está obligada a la reparación del daño,
de ser el caso, incluirá la atención médica veterinaria, medicamentos,
tratamientos o intervención quirúrgica, en los términos establecidos en el
Código Civil Federal.
En la exposición de motivos, el documento indica que, de
acuerdo con los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística y
Geografía, siete de cada 10 mascotas sufren algún tipo de violencia, colocando
a México como el primer país en Latinoamérica en maltrato animal y el tercero a
nivel internacional. El 70 por ciento vive en situación de calle.
Mientras que sólo en la entre 2020 y 2022
el Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia ha contabilizado más de 17
mil 600 reportes por maltrato animal, de esa cifra, 87 por ciento está
relacionado con perros.
Por ello, la iniciativa subraya que es necesario incluir
penas que sean determinantes ante conductas que sean identificadas como
maltrato en contra de un animal doméstico o urbano.
Puntualiza que los animales, aun cuando tienen un
propietario, éste no genera un derecho absoluto, la crueldad animal implica
desde la negligencia en cuidados básicos hasta el sufrimiento, humillación,
dolor físico o psicológico a un animal de compañía o silvestre y estos pueden
ser ejercidos de manera dolosa o culposa.
No hay comentarios:
Publicar un comentario