• El Diputado Espinoza Eguía (PRI) propuso modificar la Ley de Aguas Nacionales
El Diputado Juan Francisco Espinoza Eguía (PRI) promueve una
iniciativa que adiciona el artículo 39 de la Ley de Aguas Nacionales, para que
la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) destine recursos adicionales en caso de
que la capacidad de distribución y administración de agua de una entidad sea
menor al 20 por ciento, y su infraestructura instalada provoque sequías
extraordinarias.
La propuesta, turnada a la Comisión de Recursos Hidráulicos,
Agua Potable y Saneamiento, indica que dichos montos se destinarían con cargo
al programa de Operación y Mantenimiento de Infraestructura Hídrica, hasta por
un 30 por ciento de su presupuesto en un plazo no mayor a 30 días de alcanzado
este nivel para reforzar los sistemas de aguas locales y garantizar el abasto
para el consumo humano y protección de actividades económicas prioritarias.
En la exposición de motivos indica que objetivo es que las
autoridades correspondientes incorporen un esquema de acción e intervención
inmediata en caso de sequías extremas y extraordinarias, para evitar
afectaciones prolongadas en personas y sectores económicos, ante la escasez de
agua.
Destaca que, si bien la Ley de Aguas Nacionales ya contempla
acciones del Ejecutivo Federal en la materia, ahora se propone que más allá de
esperar un pronunciamiento oficial, las autoridades activen los protocolos de
emergencia y asistencia en función de la capacidad de distribución de cada
entidad, a fin de establecer un parámetro mínimo a través del cual el Estado
intervenga de forma inmediata.
Espinoza Eguía precisa que en la medida en que se actúe más
rápido para atender las sequías, mayores serán los beneficios para la población
y menores las pérdidas económicas en los diferentes sectores del país.
Asimismo, destacó la necesidad de que México sea “punta de
lanza” en implementar acciones para combatir el cambio climático y protección
de la vida humana, pues existen más de 130 millones de personas en el
territorio nacional y se albergan distintos ecosistemas y especies únicas, por
lo que la protección de estos grupos debe tomarse en cuenta a la hora de
legislar en materia de acceso al agua.
De esta manera, se propone que en caso de que la capacidad
de distribución y administración de agua de una entidad sea menor al 20 por
ciento, su infraestructura instalada provocada por casos de sequías
extraordinarias, la CONAGUA deberá destinar recursos adicionales con cargo al
Programa de Operación.
Esto sería hasta por el 30 por ciento del presupuesto
asignado al programa, en un plazo no mayor a 30 días de alcanzado este nivel,
para reforzar los sistemas de aguas locales y garantizar el abasto para el
consumo humano y protección de actividades económicas prioritarias.
En el segundo transitorio, se establece que la Comisión
determinará en colaboración con los Sistemas de Aguas de cada entidad, la
capacidad de distribución y administración de agua, tomando en consideración el
sistema de drenaje, abastecimiento, presas, cuencas y demás cuerpos de agua
disponibles.
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