• Esta iniciativa busca contribuir a una correcta interpretación y aplicación de la ley: Diputado Huacus Esquivel (PRD)
La iniciativa, turnada a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, destaca que “la importancia de esta reforma radica en que el ejercicio de los derechos de propiedad a que se refiere la Ley, respecto al aprovechamiento urbano y el equilibrio ecológico, se ajustará a lo dispuesto en la ley vigente de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, con lo cual se da certeza jurídica en el desarrollo de la propiedad ejidal”.
Para ello, plantea cambiar los artículos 2 y 89; adicionar un segundo párrafo al artículo 114 y agregar un artículo 114 Bis de la Ley Agraria, con el fin de sustituir en la legislación el nombre de la Ley General de Asentamientos Humanos por el de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, así como incluir el de la Ley de la Economía Social y Solidaria.
Por lo que hace a la adición de un segundo párrafo en el artículo 114, propone que el Registro Público del Crédito Rural que administra la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sea compartido con el Instituto Nacional de la Economía Social, para cumplir con el objetivo establecido en la Ley de Economía Social y Solidaria, en lo que se refiere a los ejidos.
Mientras que con el nuevo artículo 114 Bis se busca que las uniones, asociaciones rurales, sociedades de producción rural, sean consideradas y tratadas como organismos del sector social de la economía, de conformidad con el artículo 25, párrafo octavo, de la Constitución Política.
El Diputado Huacus Esquivel aseguró que la adición de ese artículo representa una armonización legislativa que no implica un impacto en las finanzas del Estado mexicano y es acorde a lo establecido en la Carta Magna y en la Ley de la Economía Social y Solidaria.
Argumentó que la Ley Agraria no ha sido actualizada para prever que lo que se refiera a la Ley General de Asentamientos Humanos se entenderá como Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, por lo que esta iniciativa subsana la laguna legislativa existente para contribuir a su correcta interpretación y aplicación
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