La Secretaría de Economía representó con éxito al Estado mexicano en el arbitraje iniciado en 2018 por un grupo de inversionistas (Demandantes) de Integradora de Servicios Petroleros Oro Negro, S.A.P.I. de C.V. (Oro Negro), empresa que, a través de una filial, rentó plataformas marinas de extracción de petróleo a Petróleos Mexicanos (PEMEX) entre los años 2013 y 2017.
El 19 de agosto de 2024, el Tribunal Arbitral constituido para conocer este caso conforme al Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) resolvió de manera unánime y a favor de México no tener jurisdicción para resolver las reclamaciones presentadas por las Demandantes, con lo cual desestimó el caso en su totalidad. El Tribunal también ordenó que las Demandantes paguen en favor de México alrededor de 400 mil dólares por concepto de costos del arbitraje.
El caso Alicia Grace y otros (también conocido como Oro Negro) fue administrado por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), perteneciente al Banco Mundial, en el cual las Demandantes reclamaron más de 270 millones de dólares en contra de México.
Nuestro país fue representado por funcionarios de la Dirección General de Consultoría Jurídica de Comercio Internacional de la Subsecretaría de Comercio Exterior, con el apoyo de las firmas legales Pillsbury Winthrop Shaw Pittman LLP y Tereposky & DeRose LLP. Durante todo el arbitraje la Secretaría de Economía contó con el apoyo institucional de PEMEX.
El resultado de este arbitraje es un logro importante para el Estado mexicano y un valioso precedente en materia de arbitraje de inversión. En esencia, el Tribunal determinó carecer de jurisdicción para resolver un caso en el que individuos con doble nacionalidad, teniendo como dominante y efectiva la mexicana, presentaron reclamaciones en contra de su propio país. De igual forma, el Tribunal consideró que diversos Demandantes no contaron con la legitimidad necesaria para presentar reclamaciones en contra de México conforme el TLCAN.
El laudo está en proceso de revisión para identificar posible información de carácter confidencial. Posterior a ello, el laudo será publicado en la página del CIADI.
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