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martes, 25 de julio de 2023

Sancionarán hasta con 20 años de prisión abuso sexual infantil

*Se establece el pago y la reparación de los daños y perjuicios de manera integral.
*Las y los responsables de este delito perderán la patria potestad o la tutela en los casos en que la ejerzan sobre la víctima.

A quien cometa abuso sexual infantil cuando la víctima esté bajo su custodia, guarda, educación o se aproveche de la confianza depositada se hará acreedora a una sanción de hasta 20 años de prisión, establecen las reformas al Código Penal del Estado de México aprobadas por unanimidad de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso local.

De acuerdo con las reformas impulsadas por la diputada Ingrid Schemelensky Castro, las penas previstas actualmente para los casos de abuso sexual aumentarán hasta en una tercera parte en su mínimo y máximo cuando el delito lo cometa uno de los cónyuges, por un ascendiente contra su descendiente, por un hermano contra el otro, el tutor contra su pupilo, o por el padrastro, madrastra, concubina, concubinario, amasio o amasia en contra del hijastro o hijastra. Además, perderán la patria potestad o la tutela en los casos en los que se ejerza sobre la víctima.

Lo mismo pasará cuando se haga uso de la violencia física o moral o cuando el delito sea cometido por quien tenga o haya tenido relación con la víctima por motivos laborales, docentes, médicos, domésticos, religiosos o cualquier otro que implique confianza o subordinación; además, si el delito es contra una persona menor de edad, la persona condenada será destituida del cargo o empleo e inhabilitada o suspendida hasta por el término de cinco años en el ejercicio de su profesión, independientemente de las sanciones a que se haga acreedor.

De igual manera, se sancionará cuando la o el ofendido tenga alguna discapacidad que limite las actividades de su vida diaria e impida su desarrollo individual y social. Además, se puntualiza que es obligación de quien ejerza la patria protestad del menor hacer del conocimiento o denunciar ante las instancias competentes cualquier presunto caso de abuso sexual en su contra.

De acuerdo con el dictamen aprobado quien cometa el delito de abuso sexual deberá pagar y reparar los daños y perjuicios de manera integral, además de que este será incluido en los casos de reincidencia y habitualidad, por lo que no se otorgarán beneficios, sustitutivos ni la suspensión de la pena de prisión, aún en el caso de delincuentes primarios. El dictamen será remitido al Pleno Legislativo para su votación definitiva.

Cabe señalar que actualmente este delito tiene penas que van de los dos a cuatro años de prisión, que se extienden a ocho y 15 años si se ejecuta en una persona menor de edad o que no tenga la capacidad de comprender las cosas o de resistir al hecho, un acto erótico o sexual sin el propósito de llegar a la cópula o a quien lo realice en su presencia o haga ejecutarlo para sí o en otra persona.

viernes, 24 de junio de 2022

Impulsan validez de recibos electrónicos de pago en juicios laborales

Desde hace varios años la autoridad fiscal ha fomentado su emisión digital: Mario Santana.
La SCJN ya determinó la validez de estos recibos con sello digital y la cadena del SAT: Evelyn Osornio.

Incluir los recibos de pago con firma o sello electrónico como medios de prueba en los procesos laborales de las personas servidoras públicos contribuirá a una justicia pronta y expedita, y dará certeza jurídica a las personas trabajadoras y empleadoras, consideraron el diputado Mario Santana Carbajal y la legisladora Evelyn Osornio Jiménez, ambos del grupo parlamentario del PRI.

En reunión de las Comisiones Unidas de Trabajo, Previsión y Seguridad Social y de Procuración y Administración de Justicia del Congreso local, presididas por el diputado Gerardo Ulloa Pérez (MORENA), después de que el legislador Alfredo Quiroz Fuentes (PRI) expuso los detalles de la iniciativa de reforma a la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios presentada por el diputado Mario Santana, se acordó recibir a la brevedad las observaciones de las y los legisladores.

En su momento, el legislador Santana Carbajal llamó a contribuir en la modernización de la administración de justicia, pues con esta reforma los recibos electrónicos serán considerados como elementos de prueba en las juntas de conciliación o en los tribunales laborales.

Destacó que ante el avance de la tecnología es inminente la desaparición de los recibos y facturas físicas, por lo que desde hace varios años la autoridad fiscal ha impulsado su emisión en versión digital, pues los sellos y cédulas fiscales impresas de forma tradicional se han sustituido por cadenas alfanuméricas que contienen la información codificada y códigos QR que remiten a un sitio para consultar la información del recibo o factura.

La legisladora Evelyn Osornio subrayó que la certeza jurídica es tanto para las personas empleadas como para las empleadoras, y compartió que ya es una obligación del empleador el emitir toda nómina timbrada, que diversos tribunales se han pronunciado a favor de esta medida y que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió una jurisprudencia donde indica que en juicio laboral se puede establecer como prueba la impresión de recibos de nómina con sello digital y la cadena que genera el Servicio de Administración Tributaria (SAT).