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martes, 13 de agosto de 2024

Comisión de Puntos Constitucionales aprobó que la remuneración de magistrados y jueces no podrá ser mayor a la del Presidente de la República

• Integrantes de MORENA, PAN, PRI, PVEM y PT opinaron sobre la importancia de la austeridad

La Comisión de Puntos Constitucionales aprobó reformas a la Carta Magna, a fin de facultar al Congreso de la Unión para expedir la ley general en materia de austeridad republicana y establecer que la remuneración de magistrados y jueces no podrá ser mayor a la del Presidente de la República.

El dictamen, que modifica los artículos 73, 94, 116, 122, 127 y 134, estipula que la remuneración que perciban por sus servicios los ministros de la Suprema Corte, los magistrados de circuito, los jueces de distrito, los magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, los magistrados electorales y demás personal del Poder Judicial de la Federación, no podrá ser mayor a la establecida para el Presidente de la República en el presupuesto correspondiente y no será disminuida durante su encargo.

Además, los magistrados y los jueces percibirán una remuneración adecuada e irrenunciable, la cual no podrá ser mayor a la establecida para el presidente de la República en el presupuesto correspondiente y no será disminuida durante su encargo.

Determina que la remuneración integral del presidente de la República incluirá todas las percepciones en efectivo o en especie y no podrá exceder el equivalente a 73.04 (setenta y tres punto cero cuatro) veces el valor anual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Hace mención que no forman parte de la remuneración los gastos sujetos a comprobación, los gastos de viaje en actividades oficiales, servicios de seguridad y, en general, aquellos que sean propios del desarrollo del cargo y se realicen en el cumplimiento de funciones oficiales reglamentadas y autorizadas, incluyendo los inherentes al funcionamiento de residencias, sedes, oficinas e instalaciones asignadas para el desempeño del cargo, transportes, así como uniformes oficiales, alimentación, protección civil, equipamientos y demás enseres necesarios, con excepción de los gastos prohibidos por la ley en la materia.

Considera que las remuneraciones y sus tabuladores serán públicos, y deberán especificar y diferenciar la totalidad de sus elementos fijos y variables tanto en efectivo como en especie, identificando los montos equivalentes a cada concepto, así como el monto mensual que corresponda. La ley en la materia establecerá los formatos homologados donde se deba elaborar y publicar dicha información.

Además, los recursos económicos de que dispongan la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se administrarán bajo el principio de austeridad republicana y en los términos que establezca la ley.

Los entes públicos ajustarán sus estructuras orgánicas y ocupacionales de conformidad con los principios de racionalidad y austeridad republicana, eliminando todo tipo de duplicidades funcionales u organizacionales, atendiendo las necesidades de mejora y modernización de la gestión pública.

Indica que no podrán adquirirse o contratarse con recursos públicos ningún tipo de bienes o servicios innecesarios, ni jubilaciones, pensiones y regímenes especiales de retiro, de separación individualizada o colectiva, cajas de ahorro especiales, seguros de gastos médicos o seguros de vida privados u otros que no estén previstos por la ley, decreto, disposición general, contrato colectivo o condiciones generales de trabajo.

En los transitorios, aclara que las remuneraciones de las personas servidoras públicas que al momento de la entrada en vigor del presente Decreto sean superiores a la establecida para el Presidente de la República deberán ajustarse a lo previsto en las fracciones I y II del artículo 127 constitucional dentro de los presupuestos de egresos correspondientes al ejercicio fiscal del año siguiente al de su entrada en vigor, con independencia de la fecha en que hayan iniciado el ejercicio de sus cargos.

Argumenta que la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y las legislaturas de las entidades federativas, en el ámbito de sus competencias, vigilarán que las remuneraciones de los servidores públicos de las entidades, órganos u organismos de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como de los órganos autónomos, no superen el monto máximo establecido para el presidente de la República, por lo que deberán realizar en cada ejercicio fiscal los ajustes necesarios en los presupuestos que se integren para cumplir con este mandato.

El Congreso de la Unión tendrá un plazo de noventa días a partir de la entrada en vigor del presente Decreto para expedir la ley general a que se refiere el artículo 73 fracción XXIX-W, segundo párrafo del presente Decreto. Asimismo, el Congreso de la Unión y las legislaturas de las entidades federativas tendrán un plazo de ciento ochenta días naturales a partir de la entrada en vigor del presente Decreto para realizar las adecuaciones a las leyes que correspondan para dar cumplimiento a este.

Respecto a lo dispuesto en el párrafo tercero del artículo 134 constitucional, las adecuaciones legislativas que se realicen deberán considerar la eliminación de los organismos, unidades administrativas o estructuras que representen duplicidad de funciones, así como la integración de los órganos desconcentrados y descentralizados o unidades administrativas en las dependencias de la administración pública centralizada que puedan asumir su competencia.

Los ahorros que se generen en los presupuestos de egresos que correspondan como resultado de la aplicación de las medidas de austeridad republicana y el ajuste de las remuneraciones de las personas servidoras públicas, se destinarán al Fondo de Pensiones para el Bienestar, en los términos que establezca la ley.

El documento que reforma el párrafo décimo tercero del artículo 94, el párrafo sexto de la fracción III del artículo 116, el tercer párrafo de la fracción IV del Apartado A del artículo 122, las fracciones I y V del artículo 127, y el primer párrafo del artículo 134, así como se adicionan, un párrafo segundo a la fracción XXIX-W al artículo 73, y un nuevo párrafo tercero y otro quinto recorriéndose por su orden los subsecuentes del artículo 134, todos de la Constitución Política, deriva de una iniciativa presentada el 5 de febrero de 2024 por el Ejecutivo Federal.

En lo general, fue avalado con la unanimidad de 36 votos a favor, y en lo particular por 35 votos a favor, cero en contra y dos abstenciones. Se canalizó a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

Se aceptó la reserva del Diputado Ismael Brito Mazariegos (MORENA) a la fracción I del artículo 127 para determinar el equivalente de 73.04 de la UMA y en el artículo 134 para agregar “ley, decreto”. Recordó la máxima del presidente de la República de que no puede haber gobierno rico con pueblo pobre; por ello, es relevante que hoy se concrete esta reforma.

En la discusión en lo particular, la Diputada Laura Lorena Haro Ramírez (PRI) y los Diputados Mario Alberto Rodríguez Carrillo (MC) y Santiago Torreblanca Engell (PAN), presentaron reservas; sin embargo, las mismas no fueron aceptadas a discusión. Para hablar a favor de la reserva de Brito Mazariegos intervino la Diputada Irma Juan Carlos (MORENA).

Intervención de diputadas y diputados

La Diputada Flor Ivone Morales Miranda (MORENA) resaltó que el objetivo es establecer el principio de austeridad republicana como valor fundamental en la Constitución, facultando al Congreso de la Unión para expedir la ley general en la materia. “Con la reforma se garantiza que las percepciones salariales sean acordes a la realidad económica del país, eliminan sueldos excesivos y privilegios, abona a la construcción de una sociedad más justa y equitativa y sienta las bases para el derecho a un buen gobierno”.

Jorge Triana Tena, Diputado del PAN, destacó que el dictamen pone en orden la legalidad de las prestaciones a los servidores públicos; no obstante, planteó que las acciones de austeridad sean parejas y para todos, e indicó que el presidente tiene un salario de 136 mil 739 pesos, pero no se toman en cuenta prestaciones como el fondo de seguridad social, de ahorro solidario, prima vacacional, aguinaldo, gratificación y compensación garantizada, ayuda de despensa. “Si se hace la suma, el Ejecutivo tiene una remuneración de casi medio millón de pesos al mes”.

Por el PRI, la Diputada Cynthia Iliana López Castro se manifestó a favor de que nadie pueda ganar como servidor público más que el Presidente de la República. “Me parece justo que los maestros, obreros y de hospitales puedan ganar más y que no sea esta disparidad tan grande con la gente que gana 8 mil o 12 mil pesos al mes mientras que un servidor gana 10 o 12 veces más”.

El diputado Armando Antonio Gómez Betancourt (PVEM) consideró que la austeridad y la racionalidad en el gasto son indispensables en un régimen republicano y sin privilegios, lo cual incluye a los tres poderes del Estado: Ejecutivo, Legislativo y Judicial, por lo que establecerla como un principio en la Constitución permitirá reorientar los recursos públicos a programas integrales de bienestar y productos de infraestructura. “El trabajo en el servicio público no puede ser un espacio de ventajas para beneficio particular o para amasar fortunas”.

Gerardo Fernández Noroña, diputado del PT, subrayó que esta reforma constitucional es una redundancia obligada porque ha habido varios servidores públicos, particularmente del Poder Judicial de la Federación, que se han negado a ajustar sus ingresos a lo que dice la Constitución de que nadie debe ganar más que el Presidente de la República. “Celebro la reforma que va a obligar al Poder Judicial a ceñirse a lo establecido en la Constitución”.

Próxima reunión

El Presidente de la Comisión, Diputado Juan Ramiro Robledo Ruiz (MORENA), informó que se convocará para el 9 de agosto, a las 11:00 horas, a fin de abordar el dictamen a las iniciativas de reforma al artículo 2° de la Constitución Política en materia de organización, cultura y normas de historia y preservación de valores de los pueblos y las comunidades indígenas.

También, anunció que propondrá a los coordinadores de los grupos parlamentarios que integran la Junta de Coordinación Política (JUCOPO) que consensen la distribución de cinco iniciativas que se acordó diferir ayer para que puedan ser discutidas el 9 de agosto y hagan una propuesta de calendario el próximo lunes, mismo que se integrará a la convocatoria correspondiente.

lunes, 12 de agosto de 2024

Avala Comisión de Puntos Constitucionales reforma para que las y los trabajadores reciban una pensión justa por vejez

• Determina que tendrán derecho a que la pensión sea igual al promedio del salario del último año de cotización


La Comisión de Puntos Constitucionales aprobó un dictamen que reforma el artículo 123 constitucional para establecer que toda persona trabajadora tiene derecho a recibir una pensión justa por vejez.

Precisa que las personas trabajadoras con sesenta y cinco años de edad que empezaron a cotizar a partir del 1° de julio de 1997 en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y las que estén bajo el régimen de cuentas individuales que cotizan en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), tendrán derecho a que su pensión por vejez sea igual al promedio de salario del último año de cotización, hasta por un monto equivalente al promedio registrado en el IMSS en los términos que establezca la ley.

La reforma, aprobada con 38 votos a favor, en lo general, y en lo particular con 31 votos a favor, 8 en contra y cero abstenciones, en los artículos transitorios establece que el decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Menciona que el salario a que hace referencia el párrafo tercero del artículo 123 de la Constitución Política es de dieciséis mil setecientos setenta y siete pesos con sesenta y ocho centavos, que equivale al salario mensual promedio registrado en 2023 en el Instituto Mexicano del Seguro Social actualizado por la inflación estimada para el año 2024. Este monto se actualizará el 1° de enero de cada año, de acuerdo con la inflación estimada para ese año.

El Congreso de la Unión, argumenta, deberá reformar las leyes correspondientes para adecuarlas al contenido del presente decreto en un plazo que no excederá de noventa días naturales a partir de su entrada en vigor. Además, determina derogar todas las disposiciones que se opongan a las reformas establecidas en el presente decreto.

En lo particular, se aceptó la reserva del diputado Marcos Rosendo Medina Filigrana (Morena) para agregar vejez, considerar el salario del último año de cotización, así como modificar y derogar transitorios que hacían referencia al Fondo de Pensiones para el Bienestar y que las instituciones de seguridad social del Gobierno Federal, en Coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, deberían hacer las adecuaciones reglamentarias.

Explicó que la reserva busca adicionar el concepto por vejez para que no sólo sea una pensión justa, sino que sea considerada un beneficio social por llegar a una etapa diferente de la vida.

Respecto a los transitorios, detalló que el primero ha quedado sin materia, toda vez que el Fondo de Pensiones está vigente desde el 1 de junio de 2024, así como la eliminación de los relativos a la financiación, donde se definía que esa dependía del cambio de naturaleza jurídica de algunos órganos autónomos o desconcentrados. También ha sido rebasado al existir una legislación secundaria aprobada por el Pleno desde el mes de abril.

Para hablar en favor y contra de esta reserva, intervinieron los Diputados Héctor Saúl Téllez Hernández (PAN) e Ismael Brito Mazariegos (MORENA).

Los Diputados Mario Alberto Rodríguez Carrillo (MC) y Santiago Torreblanca Engell (PAN) presentaron propuestas de reservas, las cuales no se admitieron a discusión.

El dictamen, que deriva de una iniciativa presentada el 5 de febrero de 2024 por el Ejecutivo Federal y diversas propuestas de diputadas y diputados, se remitió a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados para sus efectos legales.

Participación de diputadas y diputados

La Diputada Angélica Ivonne Cisneros Luján (MORENA) señaló que esta reforma consiste en elevar a rango constitucional que toda persona trabajadora tiene derecho a recibir una pensión por vejez justa y que en este primer momento es quienes empezaron a cotizar a partir del 1º de julio de 1997 en el IMSS y los que se han visto afectados por cuentas individuales en el ISSSTE. “Claro que tenemos muchas más cosas por reformar en esta materia, pero empecemos aprobando esta reforma para que las personas tengan una pensión justa”.

Héctor Saúl Téllez Hernández, Diputado del PAN, cuestionó quién puede estar en contra de que haya una pensión digna, justa y garantizada para miles de trabajadores y Acción Nacional jamás va a regatear el apoyo a las y a los trabajadores; sin embargo, afirmó, hay claroscuros en la iniciativa, ya que el tema esencial está en los mecanismos de financiamiento que tendrá el Fondo de Pensiones para el Bienestar, pues algunas de las fuentes serán remanentes de los fondos del Poder Judicial de la Federación, los recursos de los órganos autónomos y las empresas que administra el Ejército.

La Diputada del PRI, Laura Lorena Haro Ramírez, celebró esta reforma, pero pidió ir más allá y establecer que la pensión a adultos mayores sea a partir de los 60 años y que se analicen detenidamente los transitorios, ya que ahí puede estar “el dardo envenenado”, porque estos hablan de que los recursos se obtendrán con la eliminación de los órganos autónomos, reguladores, descentralizados, desconcentrados y unidades administrativas, entre otras.

Por el PVEM, el Diputado Armando Antonio Gómez Betancourt dijo que se deben hacer los cambios necesarios para que los trabajadores puedan acceder a una pensión digna al momento de retirarse equivalente al 100 por ciento de su último salario. “Se trata de contar con recursos que complementen el monto de las pensiones que se otorgarán a los trabajadores que cotizan a partir de 1997 y que hoy no tienen las condiciones de recibir una que les permita satisfacer sus necesidades más básicas”.

Mario Alberto Rodríguez Carrillo, Diputado de MC, respaldó propuestas que buscan ampliar beneficios para la población y para tener mayor pensión, justa y digna; sin embargo, aclaró, es recomendable considerar los 130 modelos de pensiones que existen en el país y la reforma debió haber tratado de cerrar la brecha entre los que menos perciben en su pensión y los que más perciben, pues el Estado tiene una incidencia directa. “Reconocemos que es un avance”.

martes, 23 de abril de 2024

La Comisión de Seguridad Social aprobó dictamen que crea el Fondo de Pensiones para el Bienestar


• Por 19 votos a favor y 10 en contra, reformó las leyes del Seguro Social, ISSSTE e INFONAVIT
• Diputadas y diputados de MORENA, PAN, PRI, PVEM y PT fijan postura a favor y en contra


La Comisión de Seguridad Social, que preside la Diputada Angélica Ivonne Cisneros Luján (MORENA), aprobó, por 19 votos a favor, 10 en contra y cero abstenciones, el dictamen que crea el Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuyos fines serán recibir, administrar, invertir y entregar los recursos que le sean aportados conforme a las disposiciones aplicables, pudiendo establecerse aportaciones adicionales a su patrimonio.

En el dictamen se precisa que el Fondo de Pensiones para el Bienestar brindará a los institutos de seguridad social los recursos necesarios para procurar que las y los trabajadores que alcancen los 65 años de edad y cuya pensión sea igual o menor al monto equivalente al salario promedio registrado en el Instituto Mexicano del Seguro Social, reciban un complemento a las obligaciones del Gobierno Federal con relación a la pensión que se obtenga conforme a las disposiciones aplicables.

Lo anterior, siempre y cuando hayan iniciado la cotización en términos de la Ley del Seguro Social a partir del día primero de julio de 1997, así como para quienes se encuentren bajo el régimen de cuentas individuales que cotizan en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Dicho complemento estará sujeto a la suficiencia del Fondo, así como a las reglas que determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Indica que el fondo será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como un fideicomiso público no considerado entidad paraestatal, en el cual el Banco de México actuará como fiduciario, y en términos de lo que establezca el Decreto que el Ejecutivo Federal emita dentro de los 60 días posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto.

Señala que las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORE), las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir los recursos de las subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, al momento en que los trabajadores cumplan 70 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar, debiendo notificar de cada traspaso al Instituto Mexicano del Seguro Social el mismo día en que se realice. Esto no será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Instituto.

También estipula que en caso de que el trabajador cumpla 70 años sin que éste o sus beneficiarios hubieren ejercido su derecho a recibir los recursos de la subcuenta de Vivienda, el INFONAVIT deberá transferir dichos recursos al Fondo de Pensiones para el Bienestar. Esto no será aplicable para los trabajadores en activo.

En el caso de los trabajadores del Estado, indica que el PENSIONISSSTE o las administradoras, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir dichos recursos, al momento en que los trabajadores cumplan 75 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar. Esto no será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el ISSSTE.

Añade que cuando los trabajadores cumplan 75 años y no hayan reclamado los recursos de la Subcuenta del Fondo de la Vivienda, éstos serán transferidos al Fondo de Pensiones para el Bienestar, lo cual no será aplicable a las relaciones laborales activas.

Los recursos del patrimonio del Fondo de Pensiones para el Bienestar deberán permanecer afectos al fideicomiso e invertirse en el mismo hasta que sean destinados a sus fines, por lo que no podrán utilizarse para contribuir al equilibrio presupuestario.

El Fondo de Pensiones para el Bienestar contará con un Comité Técnico que deberá emitir las reglas de operación sobre la recepción, administración, inversión, entregas y rendimientos de recursos a los institutos de seguridad social.

El dictamen, avalado en reunión semipresencial, reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las leyes del Seguro Social, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

Asimismo, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, así como el decreto por el que se extingue el Organismo Público Descentralizado Denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, y abroga su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023.

Se homologan disposiciones de las leyes del Seguro Social, del ISSSTE y del INFONAVIT, para garantizar la imprescriptibilidad de los ahorros que las y los trabajadores logren acumular tanto en la Subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez como en la Subcuenta de Vivienda o del Fondo de la Vivienda, según corresponda, así como establecer las disposiciones necesarias para la debida operación del fondo de pensiones.

Contempla adiciones para fortalecer el derecho de información de las y los trabajadores respecto del nivel de ahorro que deberá reflejarse en los estados de cuenta que emitan las AFORE respecto de los recursos que sean transferidos al Fondo de Pensiones.

Se modifican leyes federales de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, y el Decreto por el que se Extingue el Organismo Público Descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, y se Abroga su Ley Orgánica, con la finalidad de que el Fondo de Pensiones para el Bienestar sea funcional y cuente con fuentes de financiamiento adecuadas para garantizar su suficiencia.

Hace mención que el ahorro de las y los trabajadores que sea transferido a dicho fondo generará intereses conforme al rendimiento neto derivado de las inversiones efectivamente realizadas por dicho fondo en apego al régimen de inversión que determine el Comité Técnico, para lo cual el propio fondo comunicará al IMSS, al ISSSTE y al INFONAVIT la tasa de rendimiento que deberá aplicar para registrar el rendimiento individualizado de cada trabajador, con lo que se incrementaría el ahorro de los trabajadores.

Establece que los recursos trasferidos al Fondo no se aplicarán para las cuentas individuales de las personas trabajadoras que cuenten con una relación laboral activa ante el Instituto.

Contar en México con un fondo solidario de pensiones

Como promovente de la iniciativa, la Diputada Cisneros Luján expresó que de ninguna manera están incluidos los fondos de las y los trabajadores que están en activo.

Dijo que un eje fundamental es garantizar la imprescriptibilidad del derecho a que todas las personas que pudieran detectar que tienen una cuenta inactiva, no sabían que la tenían o las personas beneficiarias de los trabajadores que ya hubieran fallecido, tengan el derecho a reclamar en cualquier momento esos fondos.

Por ello, agregó, se establecen reglas que garanticen que el fideicomiso tendrá siempre una ventanilla específica para atender cualquier reclamación.

Precisó que la finalidad es contar en México con un fondo solidario de pensiones que pueda ser complementario para que las y los trabajadores que iniciaron a laborar como derechohabientes del IMSS en 1997, cuando fue aprobada la Ley que dio vida a las cuentas individuales, puedan aspirar a tener cuando se jubilen el cien por ciento de su salario base de cotización y evitar el empobrecimiento.

Indicó que se incluye a las y los trabajadores al servicio del Estado que ingresaron a laborar a partir de 2007 y quienes tienen cuentas individuales. Los recursos del fideicomiso, dijo, estarán integrados por diferentes fuentes de ingresos, como son las cuentas inactivas que están en las Afores y que oscilan en un monto aproximado de 40 mil millones de pesos, de los 6 billones de pesos que manejan las Administradoras de Fondos.

El Diputado Moisés Ignacio Mier Velazco (MORENA), también promovente, argumentó que en México existen casi cinco millones de mexicanas y mexicanos pensionados, sean del IMSS o del ISSSTE; hay 55 millones de mexicanos que están cotizando en las Afores y aportando con la participación social del gobierno y de los propios patrones en el Sistema; de ellos, 45 millones están bajo el esquema de 1997.

Añadió que se pretende compensar la distorsiones que generó el esquema de 1997 en perjuicio de 45 millones de trabajadores; ellos sufren porque la tasa de reemplazo garantizada no alcanza el 40 por ciento, y ese Fondo lo que busca es ser un fondo solidario de compensación que no afecta ningún derecho ni le roba a nadie. “Hay que dar justicia social y garantizar a los trabajadores de México una pensión digna”.

Intervenciones a favor

La Diputada Lilia Aguilar Gil (PT), vía zoom, aclaró que se propone crear un Fondo de Pensiones para el Bienestar, el cual será un fideicomiso y una figura financiera; su lógica es garantizar a las y los trabajadores pensiones y beneficios a recibir de los recursos de su cuenta, así como complementar el monto de las pensiones insuficientes. Esa bolsa general busca sumarse a la que maneja la Secretaría de Hacienda. No se toca la pensión de las y los trabajadores en activo ni se va a convertir el dinero privado en público.

Mediante plataforma digital, la Diputada Carmen Patricia Armendáriz Guerra (MORENA) consideró que la propuesta va a ser temporal porque ese fondo va a ser finito, pero será una respuesta para darle una vida digna, un retiro digno a todos los trabajadores que se retiran en este momento. Aclaró que existe la cláusula de imprescriptibilidad y cualquier trabajador va a poder reclamar su fondo en cualquier momento. No aplica a los trabajadores activos.

Ángel Benjamín Robles Montoya, diputado del PT y por vía digital, destacó que nadie tocará los recursos de las cuentas individuales; al contrario, se protegen. Plantea que quienes se jubilen reciban el cien por ciento de los recursos y no un solo porcentaje, y garantiza la imprescriptibilidad. “Buscamos mejorar la calidad de vida de las personas en edad de retiro, para que perciban mayores ingresos, derivado de pensiones dignas, así como disminuir la pobreza de la población”.

También por zoom, la Diputada María de Lourdes Macías Martínez (PVEM) aplaudió el dictamen, por considerar que es noble y de justicia social, así como de derechos humanos, y que va a beneficiar a todos los mexicanos. “Es un momento histórico en el que todas las fuerzas del Congreso debemos estar a favor y apoyar a las personas más vulnerables, como son quienes están para jubilarse y las adultas mayores”.

La Diputada Erika Vanessa Del Castillo Ibarra (MORENA) sostuvo que lo que se busca es que el trabajador, cuando llegue el momento de pensionarse, logre el cien por ciento de su salario actual, en lugar de recibir del 30 al 40 por ciento de su salario. “Se está defendiendo un derecho universal a los trabajadores y se busca su dignificación”.

Intervenciones en contra

Desde plataforma digital, la Diputada Patricia Terrazas Baca (PAN) destacó que es un dictamen de enorme importancia y trascendencia para la clase trabajadora del país, pero pretende que los fideicomisos formen parte de la bolsa general de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como meter mano a los recursos pertenecientes a los trabajadores, cuando estos son privados y no son recursos públicos; además, hay inquietud por los recursos de los trabajadores en activo.

El diputado Santiago Torreblanca Engell (PAN) se manifestó en contra porque no se menciona nada con relación a la campaña de recuperación y vienen cosas ilusorias. Además, hay cuestiones de forma como que dice: “las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública”, cuando debe decir “las instituciones de naturaleza pública que realicen funciones similares”, se refieren a Pensionissste, y dice “las administradoras prestadoras de servicios”, cuando debería señalar “las empresas prestadoras de servicios”.

Por zoom, la Diputada Carmen Rocío González Alonso (PAN) dijo estar en contra porque con la reforma se pretende que los recursos de las cuentas de Afore que no hayan sido reclamadas por los pensionados o beneficiarios puedan ser operadas por el Gobierno Federal para mover dichos recursos e integrar el Fondo de Pensiones para el Bienestar, lo que va en contra de miles de mexicanos y mexicanas que por décadas de trabajo ahorraron para su retiro, porque es propiedad privada, no es del gobierno y este no lo puede disponer.

La Diputada María de Jesús Aguirre Maldonado (PRI), vía digital, dijo que su grupo parlamentario está a favor de las y los trabajadores y de aumentar sus pensiones, pero sorprende la prisa por aprobar esta iniciativa, la cual es incierta para aquellos que han cumplido de 70 y 75 años, pero han decidido seguir en activo. “Yo considero que con la reforma se dispone del ahorro de los trabajadores de 70 a 75 años para enviarlos a ese Fondo, al igual que sus subcuentas de vivienda y las cuentas que no han sido reclamadas”.

El Diputado Tereso Medina Ramírez (PRI), vía remota, anunció su voto en contra porque hay muchas dudas y confusiones respecto de la reforma e hizo un llamado a poner en la mesa nacional a las y los trabajadores y las familias de México. “Apoyamos todo lo que beneficie a las y los trabajadores, pero no vamos a permitir que un tema partidista eche a perder el buen desarrollo y crecimiento”, por lo que sugirió un parlamento abierto, a fin de analizar la propuesta.

Vía digital, el Diputado René Figueroa Reyes (PAN) aclaró que no están en contra de las y los trabajadores, sino de que se quiera robar el dinero de éstos. Se pretende pasar el dinero directamente a un fideicomiso sin necesidad de una resolución judicial, lo que es inconstitucional. “Sin una supervisión adecuada y mecanismos de control efectivos puede haber un mayor riesgo de que los fondos de retiro sean utilizados de manera inapropiada o desviados para otros fines”.

Por zoom, el Diputado Éctor Jaime Ramírez Barba dijo no coincidir con los términos en los que está redactado el dictamen, pues si bien las disposiciones tienen un sentido loable, presentarla como la gran solución a la compleja problemática que enfrenta el sistema de pensiones lo convierte en una gran mentira. “Estamos a favor de que haya pensiones que permitan vivir con dignidad en la etapa de retiro laboral, pero es a costa de los recursos de los propios trabajadores, por lo que no debe haber restricciones para que las personas pensionadas reciban una pensión digna”.

jueves, 18 de abril de 2024

Comisión de Presupuesto aprueba opinión a iniciativa para crear el Fondo de Pensiones para el Bienestar

• También avaló siete opiniones de impacto presupuestario a iniciativas promovidas por el Ejecutivo Federal
• Las modificaciones son en temas de vivienda, pensiones, apoyo a campesinos, jóvenes, salarios y atención médica

La Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, que preside el Diputado Marcos Rosendo Medina Filigrana (MORENA), aprobó con 25 votos a favor, 21 en contra y cero abstenciones, la opinión de impacto presupuestario a la iniciativa promovida por los Diputados de MORENA Moisés Ignacio Mier Velazco y Angélica Ivonne Cisneros Luján, que reforma diversas disposiciones de las leyes del Seguro Social, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

También, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, y del decreto por el que se extingue el Organismo Público Descentralizado Denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, y se abroga su Ley Orgánica publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023, para crear el Fondo de Pensiones para el Bienestar.

La opinión señala que, de aprobarse la iniciativa, “para crear el Fondo de Pensiones para el Bienestar se requerirían 11.2 millones de pesos para el Comité Técnico del Fondo”.

Agrega que “se podría destinar un monto de 35 mil 382.8 millones de pesos al Fondo, provenientes de diversas fuentes como condonaciones, liquidaciones y remanentes de utilidades. Además, dicho Fondo podría contar con recursos adicionales de la enajenación de bienes del ISSSTE y créditos fiscales. De igual forma, las Subcuentas de Retiro, Cesantía y Vejez, así como las de Vivienda, podrían complementar el Fondo”.

El Diputado Héctor Saúl Téllez Hernández (PAN) observó que la opinión que se emita tendrá que nutrirse de lo que digan los especialistas que participan en los foros convocados por las iniciativas que mandó el Poder Ejecutivo, una de ellas es la de pensiones. Esta iniciativa se queda corta con las expectativas para llevar a cabo la cobertura de las pensiones. “El posicionamiento de Acción Nacional es sí a las pensiones dignas para los trabajadores y no a las fuentes de financiamiento que pretenden precarizar servicios y quitar avances democráticos”.

El Diputado Reginaldo Sandoval Flores (PT) comentó que el objetivo de la iniciativa es incrementar la suficiencia presupuestaria del esquema de pensiones de la Ley del Seguro Social para los trabajadores que comenzaron a cotizar a partir del 1 de julio de 1997, que es donde inició el castigo por la ruta de las pensiones “ahora queremos hacer un fondo para ayudarles”.

Opiniones a iniciativas del Ejecutivo Federal

Las y los diputados de la instancia también avalaron opiniones en sentido positivo a las iniciativas presentadas por el Ejecutivo Federal en materia de vivienda, pensiones de trabajadores, apoyos para personas con discapacidad, campesinos y jóvenes desocupados, salarios mínimos, atención médica gratuita, entre otras.

Sistema de vivienda para todas las personas trabajadoras

Las y los diputados aprobaron con 25 votos a favor y 17 en contra, la opinión a la iniciativa que reforma y adiciona la fracción XII del Apartado A del segundo párrafo del artículo 123 de la Constitución Política, a fin de crear un sistema de vivienda para todas las personas trabajadoras.

De acuerdo con el documento, esta reforma no generaría un impacto presupuestario para el ejercicio fiscal 2024.

El Diputado Héctor Saúl Téllez Hernández (PAN) mencionó que su voto sería en contra, toda vez que esta reforma plantea que el Infonavit invierta recursos en la construcción de viviendas, lo cual puede afectar al sector inmobiliario. En cuanto, al porcentaje que se establece para que los trabajadores puedan arrendar, es el mismo que se estipula para una compra de inmueble.

El Diputado Reginaldo Sandoval Flores (PT) se pronunció a favor, ya que se definen las bases para que las personas trabajadoras accedan al arrendamiento social de vivienda construida por el Infonavit y que posteriormente puedan adquirirla; además, establece que después de un año cotizado podrán acceder al arrendamiento, el cual no podrá ser superior al 30 por ciento del salario.

La Diputada del PRI, Yolanda de la Torre Valdez, comentó que esta iniciativa no tiene ningún impacto positivo, pues al trabajador se le quitaría la posibilidad de comprar un inmueble durante 11 años e impactaría al sector inmobiliario.

Por el PT, el Diputado Ángel Benjamín Robles Montoya indicó que con esta opinión se da un paso muy importante, ya que esta iniciativa busca beneficiar a la ciudadanía, por eso es validada por su grupo parlamentario.

Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, Diputada del PAN, refirió que esta reforma da al Infonavit una función que no le corresponde, genera cuestiones monopólicas y actos de posible corrupción que no garantizan el derecho a la vivienda de los trabajadores.

La Diputada Lidia Pérez Barcenas (MORENA) señaló que esta iniciativa plantea que los trabajadores que no han tenido la posibilidad de adquirir una vivienda la obtengan sólo al cotizar un año y aquellas personas que tengan diez años pagando renta tendrán el derecho de comprar este espacio. Aclaró que no establece un tema de porcentajes.

Modificación a Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

Con 25 votos a favor y 19 en contra, las y los legisladores aprobaron la opinión a la iniciativa que adiciona el artículo cuadragésimo octavo transitorio a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, con la finalidad de incorporar que durante el ejercicio fiscal 2024, el Instituto podrá reducir por única ocasión hasta el 100 por ciento del monto correspondiente a intereses moratorios, actualización y recargos previstos en la ley, derivados de los adeudos por concepto de cuotas y aportaciones no enteradas al instituto que se mantengan registrados al cierre del ejercicio fiscal 2023. 

De aprobarse la iniciativa, “se generaría una afectación de los ingresos del ISSSTE de aproximadamente 6 mil 091.4 millones de pesos”, señala la opinión.

El Diputado Héctor Saúl Téllez Hernández (PAN) indicó que la iniciativa establece una excepción por única ocasión dentro del ejercicio fiscal vigente para que el instituto pueda renunciar a los montos que se puedan obtener por el total de actualización y recargos derivados de los adeudos por concepto de cuotas y aportaciones que no se enteren al ISSSTE y se mantengan registrados al cierre del ejercicio fiscal 2023, lo cual es un acto desesperado por encontrar recursos, son de los derechohabientes, es decir, tiene un impacto presupuestal negativo para este organismo. 

El Diputado del PT, Reginaldo Sandoval Flores, precisó que esta reforma resulta necesaria, ya que le permite al ISSSTE reducir hasta el cien por ciento del monto correspondiente a los intereses moratorios, actualización y recargos de los adeudos por concepto de cuotas y aportaciones incentivas a las entidades y dependencias para cumplir con sus obligaciones.

La Diputada Lidia García Anaya (MORENA) comentó que reducir estas actualizaciones y recargos es lo mismo que se aprobó en la Legislatura pasada, sólo que se cambia otra palabra, pero esto es una condonación, lo cual está prohibido por la ley.

Por el PT, el Diputado Ángel Benjamín Robles Montoya resaltó que este proyecto será votado a favor por su grupo parlamentario, ya que establece que sólo una vez podrá ejecutarse esta acción.

En tanto, el Diputado del PAN, Ignacio Loyola Vera, argumentó que esta reforma no especifica de dónde saldrá el recurso, no se puede engañar a la ciudadanía.

Daniel Gutiérrez Gutiérrez, Diputado de Morena, explicó que la propuesta establece que por única ocasión se generen los convenios para que en el año 2024 se puedan condonar la actualización, los recargos normales y moratorios, es decir, se fomenta que los entes con adeudos al ISSSTE puedan cumplir.

Pensión a personas con discapacidad y apoyo a campesinos

Las diputadas y los diputados integrantes de esta instancia legislativa aprobaron con 39 votos a favor y uno en contra, su opinión a la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política, que busca garantizar una pensión no contributiva a las personas con discapacidad permanente menores de 65 años, así como la entrega de un jornal seguro, justo y permanente a campesinos.

La opinión indica que, de aprobarse la iniciativa, en materia de bienestar, se “generaría un impacto presupuestario por 71 mil 268 millones 173 mil 584 pesos a precios de 2024”.

Reformas en materia de salarios enviada por el Ejecutivo Federal

Aprobaron por 43 votos a favor y una abstención, la opinión a la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del artículo 123 de la Constitución Política, la cual establece que los salarios mínimos generales o profesionales, nunca estarán por debajo de la inflación observada durante el periodo de su vigencia y que en el caso de maestros de nivel básico de tiempo completo, policías, guardias nacionales, integrantes de las Fuerzas Armadas, médicos y enfermeros, no podrá ser inferior al registrado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.

El documento apunta que se generaría un impacto presupuestario anual, “en primera instancia, el impacto presupuestario anual de ejercicios fiscales posteriores tenderá a incrementarse conforme a la inflación registrada con respecto al impacto presupuestario estimado a precios de 2024 y, para el caso de la homologación de salarios de servidores públicos referidos, se valora que generaría un impacto presupuestario de 39 mil 864 millones de pesos a precios de 2024 al Erario Federal”.

Atención médica integral, universal y gratuita

Las y los integrantes de esta Comisión aprobaron con 45 votos a favor y una abstención la opinión a la iniciativa que reforma el párrafo cuarto del artículo 4o. de la Constitución Política, en materia de atención médica integral, universal y gratuita, en la que se incluyen estudios médicos, intervenciones quirúrgicas y los medicamentos necesarios.

De aprobarse la iniciativa, de acuerdo con la opinión, se generaría una demanda adicional de recursos para el presente ejercicio fiscal, la cual se estimó en 232 mil 281 millones 634 mil 138 pesos a precios de 2024, para brindar atención a la salud de las personas no afiliadas o no inscritas para recibir atención médica de parte de alguna institución de salud.

Apoyo a jóvenes por desocupación laboral

También aprobaron con 42 votos a favor y una abstención, la opinión a la iniciativa que adiciona un segundo párrafo al artículo 123 de la Constitución Política, a fin de otorgar un apoyo económico mensual equivalente al menos a un salario mínimo general vigente a jóvenes entre 18 y 29 años que se encuentren en desocupación laboral y no estén cursando en alguno de los niveles educativos.

La opinión manifiesta que no se generaría un impacto presupuestario para el ejercicio fiscal 2024, toda vez que el Programa Presupuestario S280 Jóvenes Construyendo el Futuro tiene los recursos asignados para la atención de las acciones referidas.

Otorgar pensión justa a ciudadanía

Con 42 votos a favor y una abstención, avalaron la opinión a la iniciativa que adiciona los párrafos segundo, tercero y cuarto, y se recorre el subsecuente, al artículo 123 de la Constitución Política. Esta contempla que toda persona trabajadora tiene derecho a recibir una pensión justa.

El documento indica que, de aprobarse la iniciativa, se generaría un impacto presupuestario derivado de las obligaciones por el otorgamiento del complemento a las personas que no alcanzaran una pensión de por lo menos su último salario hasta el salario promedio registrado por el IMSS.

Para el primer año se contempla una obligación adicional de mil 32.9 millones de pesos a precios de 2024, además de una obligación no cuantificable por la aportación del Gobierno Federal para la contratación de una renta vitalicia en caso de que los pensionados contaran con beneficiarios por su seguro de supervivencia. La demanda de estos recursos dependerá de la forma de pago que se determine.

Se destaca que “estas obligaciones no se adquirirían hasta que no se constituya el Fondo de Pensiones para el Bienestar, mismo que contaría con un saldo inicial previsto en 64 mil millones de pesos a precios de 2024. Conforme a las proyecciones del Fondo, este tendría la suficiencia para afrontar las obligaciones adicionales únicamente con la aportación adicional y sus rendimientos por los primeros años”.