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viernes, 27 de junio de 2025

Decreta Congreso hasta 25 años y 6 meses de prisión por despojo

  • Reforma penal busca garantizar el derecho de propiedad de las personas dueñas de inmuebles, combatir la intervención dolosa de autoridades estatales y municipales en su ejecución, y evitar casos como el de la señora Carlota “N”, de Chalco.
  • Aprobó iniciativas de los diputados de MORENA: Octavio Martínez Vargas y José Miguel Gutiérrez Morales, y el grupo parlamentario de MC

Por unanimidad, el Congreso mexiquense avaló ampliar las agravantes y elevar las penas por el delito de despojo hasta 25 años con seis meses de prisión y mil 500 días de multa, a través de una reforma para fortalecer y garantizar el goce legítimo de los derechos de propiedad de las personas dueñas de inmuebles, así como combatir la intervención dolosa de autoridades estatales y municipales en su ejecución. 

Con estas modificaciones al Código Penal estatal, propuestas por separado por los diputados Octavio Martínez Vargas y José Miguel Gutiérrez Morales, de MORENA, así como de la bancada de MC, se pretende evitar casos como el de la señora Carlota “N”, de 74 años, quien el pasado 1 de abril, en Chalco, disparó y mató a dos personas que presuntamente no querían desocupar su vivienda. 

De acuerdo con el dictamen, al que dio lectura José Miguel Gutiérrez Morales, entre las agravantes con las que se alcanzarían los 25 años y seis meses de prisión están los casos: cuando, en la comisión del delito, se formalice o inscriba, ante el Instituto de la Función Registral del Estado de México (IFREM) o su equivalente, un acto jurídico traslativo de dominio o posesión, un contrato de mandato o poderes, mediante documentación falsa; la suplantación del propietario o poseedor legítimo; o participe dolosamente una persona notaria.

Cuando el delito se realice con violencia física o moral, o mediante el rompimiento de cerraduras, el forzado de puertas o ventanas; se cometa en contra de un ascendiente o descendientes del poseedor o dueño legítimo; se aproveche clandestinamente la ausencia de esta persona; la víctima sea una persona mayor de 70 años, menor de 18 años, mujer embarazada, persona con discapacidad o perteneciente a un pueblo o comunidad indígena.

Así como cuando el sujeto activo obtenga o intente obtener un lucro; participe dolosamente una persona servidora pública con acceso a información de inmuebles; intervengan quienes, sin tener el carácter de notario o notaria, colaboren en la notaría involucrada; se cometa, realice, formalice o convenga a través de mecanismos alternativos de solución de controversias, o mediante acuerdos que den como resultado el despojo.

Además, cuando la persona facilitadora o abogada colaborativa ante la que se realicen los mecanismos será responsable cuando partícipe dolosamente con el propósito de facilitar, consumar o encubrir el despojo, y cuando el bien inmueble objeto del despojo sea propiedad o esté bajo la administración de cualquier ente público estatal o municipal, independientemente de su naturaleza jurídica.

Por otro lado, el documento actualiza las características de este delito grave, para establecer que despojo es la acción de impedir materialmente el disfrute de un inmueble ajeno, lo que se castigará con cinco a 10 años de prisión y de 700 a mil días multa.

Esta penalidad se aplicará también cuando la persona desvíe o utilice aguas, propias o ajenas, en contravención a lo dispuesto por la ley de la materia, o ejerza un derecho real sobre aguas que no le pertenezcan; realice actos de dominio que afecten o lesionen los derechos legítimos de uso, disfrute o aprovechamiento de aguas por parte de su titular.

Además, se configurará el delito cuando se trate de un predio que por decreto del Ejecutivo del Estado haya sido declarado área natural protegida (en sus diferentes modalidades), y se le impondrán de siete a 12 años de prisión y de 700 a mil días multa. 

Finalmente, el documento especifica que el despojo se sancionará sin importar si el derecho a la posesión sea dudoso o esté en disputa y tendrá la calidad de permanente, mientras subsista la detentación material del inmueble objeto del ilícito por el activo.

Para el legislador Miguel Gutiérrez estas iniciativas respondieron a los casos de la señora Carlota “N” y Guadalupe Chávez Ortiz, de 102 años, quien recientemente recuperó una vivienda en Naucalpan que peleaba desde 2019.

El parlamentario Octavio Martínez señaló que se aspira a reducir las denuncias relacionadas, aportar mayores herramientas a la Fiscalía General de Justicia del Estado de México para dar resultados, y colaborar con el gobierno estatal para construir un Estado de Derecho y combatir la corrupción.

También de MORENA, el Diputado Samuel Hernández Cruz expuso que en la zona metropolitana del Valle de México hay 600 mil viviendas de conjuntos urbanos deshabitadas y acechadas por la delincuencia para ser invadidas. Y la legisladora Selina Trujillo Arizmendi señaló que este problema se conoce bien en la zona oriente, y sigue presente. 

En la discusión de la reforma, el legislador Maurilio Hernández González (MORENA), Presidente de la Directiva, solicitó ejercer un debate civilizado. Mientras que el Diputado Eduardo Zarzosa Sánchez (PRI) pidió que se asuman los acuerdos previos a las sesiones.

Finalmente, la parlamentaria Ruth Salinas Reyes (MC) lamentó que en el decreto se limite el agravamiento de la pena a mujeres embarazadas, lo que podría constituir violencia de género.

lunes, 14 de octubre de 2024

Piden que instancias de procuración e impartición de justicia apliquen protocolos homologados y especializados en casos de delitos de género

* Mediante una iniciativa, la Diputada Barrera Puc (MORENA) solicitó reformar el Código Nacional de Procedimientos Penales y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia


La Diputada Rocío Natalí Barrera Puc (MORENA), a través de una iniciativa, propuso reformar el Código Nacional de Procedimientos Penales y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para que las instancias de procuración de justicia apliquen protocolos homologados y especializados cuando se trate de delitos por motivo de género.

Asimismo, para que la Fiscalía General de la República y las entidades federativas elaboren y apliquen dichos protocolos con perspectiva de género en la búsqueda inmediata de mujeres y niñas desaparecidas, investigación de delitos de discriminación, feminicidio, trata de personas y contra la libertad y el normal desarrollo psicosexual.

El documento, enviado a las comisiones unidas de Justicia y de Igualdad de Género, señala que el acceso a la justicia pronta, expedita y efectiva es un derecho fundamental para garantizar el resto de los derechos humanos de las mujeres y vivir libres de violencia, principalmente evitar la revictimización de ellas y sus familias, e impedir la repetición de los delitos.

Indica que los protocolos son fundamentales durante todos los procesos que involucran la atención de la violencia contra las mujeres, desde los primeros respondientes, como son las actuaciones de los policías preventivos, los ministerios públicos y los juzgadores.

Por ello, es necesario que a través de la homologación se garantice que las instancias correspondientes de procuración de justicia fortalezcan, actualicen y apliquen los protocolos de actuación con la debida diligencia, como herramientas fundamentales para el acceso de las mujeres a la justicia.

También, se fortalece la capacitación al personal encomendado a la procuración de justicia, policías y demás funcionarios encargados de la prevención, atención y sanción de la violencia contra las mujeres, así como la puntual y efectiva aplicación de los protocolos para la investigación de estos delitos, ya que las primeras horas en la mayoría de los casos son de suma importancia para evitar incluso que se perpetren otros delitos.

La Diputada Barrera Puc señala que con su propuesta se fortalece la coordinación interinstitucional entre las procuradurías para coordinar esfuerzos en la armonización de estos protocolos, y actualizarlos de manera constante derivado de la importancia de estos mecanismos para el cumplimiento y la debida diligencia en el actuar de las procuradurías.

Comentó que han sido importantes los esfuerzos del Estado mexicano para erradicar la violencia contra de las mujeres, flagelo que representa un grave problema que atenta contra de la dignidad y la vida de las mujeres y de la sociedad en general.

De acuerdo con información del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, de enero a julio de 2024 en México se registraron 74 mil 2 delitos del fuero común contra mujeres, 463 feminicidios y mil 556 homicidios tipificados como dolosos contra mujeres.

Mencionó que la erradicación de la violencia contra mujeres debe ser una tarea coordinada que involucre a la sociedad y a todas las instituciones y Poderes de la Unión. “Como legisladoras y legisladores es nuestra obligación velar porque nuestro marco jurídico esté armonizado en este sentido y, con ello, se complete la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres”.