miércoles, 3 de septiembre de 2014
Avala la Corte debates entre candidatos en los medios
Dennis A. García |LA CRÓNICA HOY.
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional los debates en los medios de comunicación entre los candidatos a puestos de elección popular.
Durante la sesión de ayer, los ministros del alto tribunal también validaron la constitucionalidad del artículo 250 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales que impide a los partidos políticos colocar propaganda electoral en el mobiliario urbano.
Al discutir las acciones de inconstitucionalidad promovidas por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) y por el Partido del Trabajo (PT), los ministros avalaron por unanimidad el artículo 218 de la nueva Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales que permite a los medios de comunicación organizar libremente debates entre candidatos.
Para los partidos de izquierda los debates con al menos dos de los candidatos, como lo establece la ley electoral, viola el principio de equidad en la contienda porque limita el número de participantes en la discusión.
Sin embargo para el máximo tribunal la ley electoral es clara e implícitamente establece que se citen a todos los candidatos a participar en los debates.
“El propio artículo 218 implícitamente obliga a que se citen al respectivo debate a todos los candidatos participantes en la elección, ya que al disponer que ´la no asistencia de uno o más de los candidatos invitados a estos debates no será causa para la no realización del mismo´, significa que existe la obligación de convocar a su realización a la totalidad de los aspirantes”, se mencionó en el proyecto elaborado por la ministra Margarita Luna Ramos.
Al pronunciarse, la ministra Luna Ramos sostuvo que el hecho de que alguno no vaya (de los candidatos), no significa que no se celebre el encuentro; “este hecho no debe interpretarse como si la invitación a un debate es sólo a dos candidatos”.
En tanto que el ministro José Ramón Cossío señaló que los partidos de izquierda hacen afirmaciones genéricas sobre violaciones a diversos tratados internacionales, “pero esto no tiene condiciones de invalidez específicas”.
En cuanto a la propaganda política en mobiliario urbano, el PRD y el PT argumentaron que prohibirla viola sus derechos a la libre expresión de ideas y a la libertad de imprenta ya que están impedidos en difundir su ideario político; sin embargo para los ministros el impedimento establecido en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, no transgrede ningún derecho constitucional.
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