jueves, 29 de septiembre de 2016
Que OSFEM atienda y resuelva procedimientos de responsibilidades administrativas resarcitorias, plantea PRD
- La iniciativa propone que el OSFEM atienda de forma directa las responsabilidades resarcitorias correspondientes, hasta que se genere la fiscalía especializada en materia de combate a la corrupción.
El diputado Arturo Piña García (GPPRD) sometió ante el pleno del Primer Periodo de Sesiones del Segundo año de Trabajo de la “LIX” Legislatura mexiquense, su iniciativa que plantea que una vez agotados los proceso para determinar la responsabilidad resarcitoria, sea el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México (OSFEM) quien ejecute los cobros de los créditos fiscales derivados del financiamiento de responsabilidades administrativas resarcitorias, por lo que formuló reformas a diversos artículos de la Ley de Fiscalización superior del Estado de México.
Referido a lo anterior, el legislador perredista aseguró que la fiscalización constituye un instrumento de gran utilidad para que cualquier gobierno, a fin de que se haga un mejor uso de los recursos, ya que es una inversión con alto rendimiento social que coadyuva a erradicar la corrupción, que se detona principalmente por la discrecionalidad en el ejercicio público.
Asimismo, Arturo Piña García afirmó que la fiscalización en el sector público se relaciona con la creciente complejidad de las tareas de gobierno, aunada a la limitación en la cantidad de recursos disponibles y a una gama más amplia de necesidades sociales que satisfacer a través de la implementación de programas y políticas gubernamentales. Por lo que, comentó:
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Además, el legislador perredista dijo que la situación que presenta actualmente la fiscalización en nuestro país muestra graves faltas en su diseño institucional que permiten que la corrupción se haya establecido como un estilo de vida y por tanto una inadecuada recuperación de recursos y su consecuente desvío.
Por ello, el integrante del sol azteca aseveró en el objetivo de la reforma para fortalecer el procedimiento para hacer exigible el cobro de las responsabilidades administrativas resarcitorias, lo anterior derivado a la complicada situación administrativa que viven muchos municipios del Estado, puntualizando que cuando el Órgano Superior de Fiscalización notifica a los municipios la resolución de una responsabilidad resarcitoria de algún servidor público, en muchas de las ocasiones se ven imposibilitados a realizar el cobro por la precaria organización administrativa, la escases de cuadros especializados y por cuestiones sociales y en muchas ocasiones por cuestiones de seguridad en sus territorios.
Acentuando en lo predicho, Arturo Piña García reiteró que el Órgano Superior de Fiscalización cuenta con la capacidad para analizar la cuenta pública, formular las observaciones correspondientes a las entidades fiscalizadas, rendir los informes que correspondan y generar la actuación que competa a otras autoridades en materia de investigación de presuntos ilícitos penales o de fincamiento de responsabilidades por faltas administrativas graves, ya que cuenta con autonomía técnica y de gestión de Auditoría en el ejercicio de sus atribuciones y para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones.
En el mismo sentido, el diputado del GPPRD planteó la necesidad de que sea el Órgano Superior de Fiscalización quien directamente atienda las responsabilidades resarcitorias correspondientes, hasta en tanto se genere, la fiscalía especializada en materia de combate a la corrupción, dentro del nuevo esquema nacional de combate a la corrupción, con el objeto de investigar y sancionar de manera oportuna posibles actos irregulares.
Así pues, con la reforma de los artículos 62, 63 y 64 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, el diputado perredista pretende que el Órgano Superior atienda y resuelva los procedimientos de responsabilidades administrativas resarcitorias tratándose de los servidores públicos municipales, para posteriormente informar lo referente a las acciones que hayan tomado para la ejecución y cobro de los créditos fiscales derivados del fincamiento de responsabilidades administrativas resarcitorias de manera trimestral a la Junta de Coordinación Política y a la Comisión de Vigilancia del Órgano Superior de Fiscalización de la Legislatura.
Para finalizar, la iniciativa fue enviada a Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Vigilancia del Órgano Superior de Fiscalización para su discusión y análisis, por lo que se espera su pronta resolución.
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