Secretaría de las Mujeres
Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas
Comisión de Búsqueda de Personas
Toluca, Estado de México, agosto de 2022.
PRONUNCIAMIENTO
”Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones
Forzadas”
Tomando en cuenta que:
I. La Secretaría de las Mujeres del Gobierno, la Comisión
Ejecutiva de Atención de Víctimas y la Comisión de Búsqueda de Personas del
Estado de México, manifiestan su solidaridad con las madres, padres, hijas,
hijos y familiares de las víctimas de desaparición en el Estado de México y
refrendan su compromiso para coadyuvar en el proceso de búsqueda, localización,
identificación, acceso a la verdad y la justicia, reparación del daño, memoria
y no repetición a dichas víctimas.
II. El 21 de diciembre de 2010, la Asamblea de las Naciones
Unidas, declaró el 30 de agosto como el “Día Internacional de las Víctimas de
Desapariciones Forzadas”, en el que se exhorta a los Países Miembros, otras
organizaciones internacionales y regionales y sociedad civil a observar este
día.
III. Por otro lado, al contexto de nuestro país, y de
conformidad a lo dispuesto por la Ley General en Materia de Desaparición
Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema
Nacional de Búsqueda de Personas, publicada en el Diario Oficial de la
Federación, el 17 de noviembre de 2017, se contemplan además de la forzada a la
cometida por particulares como manifestaciones ambas de la desaparición en
México, definiéndolas como aquel acto de privación de la libertad con el fin de
ocultar a la víctima, su suerte o paradero, con la distinción de que en la
primera, existe una intervención directa o indirecta de agentes del Estado,
mientras que la segunda, su perpetración es ejecutada por cualquier persona.
Por lo anterior, la Secretaría de las Mujeres emite el
siguiente:
Pronunciamiento en favor de las víctimas y sus familiares,
reafirmando su compromiso para colaborar activamente con ellas, así como con
las instituciones que realizan tareas de búsqueda, investigación, localización,
identificación, restitución, seguridad, asistencia y reparación del daño a
víctimas directas e indirectas de los delitos en materia de desaparición de
personas.
Porque estamos convencidas que solo a partir del trabajo
conjunto con las familias y colectivos, con las diversas dependencias y
organismos dedicados a la búsqueda, procuración de justicia y atención a
víctimas, es posible enfrentar los actos de desaparición, los cuales
constituyen un ultraje a la dignidad humana, una negación de los objetivos de
la Carta de las Naciones Unidas y una violación grave manifiesta de los
derechos humanos y de todas las libertades fundamentales, proclamados en la
Declaración Universal de Derechos Humanos y en la Convención Internacional para
la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas,
reafirmados y desarrollados en otros instrumentos internacionales y nacionales
pertinentes.
En ese marco, reconocemos la importancia de la participación conjunta de las mujeres en todos estos procesos; de las madres, esposas, hermanas, hijas y compañeras de las personas desaparecidas, quienes más han sufrido los perjuicios psicológicos, sociales, económicos y jurídicos de la desaparición, pero también quienes han liderado las búsquedas de verdad y de justicia, así como los movimientos que han puesto a la desaparición en el panorama mundial y en la agenda política de todos los gobiernos.
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