El acceso a diferentes espacios tiene que ser en igualdad de condiciones para todas las personas, sin discriminación, destacan senadores
El Pleno del Senado aprobó una reforma para establecer como
discriminación impedir, negar, restringir o condicionar el acceso de las
personas con discapacidad a establecimientos públicos, con personas o animales
de apoyo o asistencia.
Además, considera como discriminación obstruir cualquier
medida de accesibilidad en el entorno físico, el transporte, la información,
tecnología y comunicaciones, en servicios e instalaciones abiertos al público o
de uso público, y demás elementos destinados a la accesibilidad y movilidad de
las personas con discapacidad.
En el dictamen, que se aprobó con 102 votos a favor y se
remitió al Ejecutivo federal, los senadores respaldaron la minuta que envió la
Cámara de Diputados para reformar el artículo 9 de la Ley Federal para Prevenir
y Eliminar la Discriminación.
Se trata de fortalecer la protección del derecho a la
igualdad y la no discriminación de las personas con discapacidad, y con el
objeto de garantizarles el ejercicio de sus derechos, no sólo con asistencia
animal, sino también humana.
De acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2020, del
Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en México 20 millones 838 mil
108 personas, es decir 16.5 por ciento de la población total, tiene alguna
discapacidad, limitación en su actividad cotidiana o vive con algún problema o
condición mental.
Dicho documento agrega que 47.6 por ciento de ellos tiene
una discapacidad para caminar, subir o bajar; 43.5 por ciento para ver, aun con
el uso de lentes; 21.9 por ciento para oír, aun con aparato auditivo; 18.9 por
ciento para bañarse, vestirse o comer; 18.6 por ciento para recordar o
concentrarse; y 15.3 por ciento para hablar o comunicarse.
El presidente de la Comisión de Estudios Legislativos
Segunda, Rafael Espino de la Peña, mencionó que esta minuta garantiza los
derechos de acceso de personas con capacidades diferentes en establecimientos
públicos y privados.
El derecho a la movilidad de este grupo poblacional en
México, dijo, se establece en la Constitución, por lo que es importante que el
acceso a espacios públicos y privados sea en igualdad de condiciones para todas
las personas, sin discriminación.
Subrayó que, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, casi seis por ciento de la población, en 2020, tiene algún tipo de discapacidad relacionada con la movilidad, y presentan dificultades para caminar, subir y bajar escaleras, o son víctimas de discriminación, porque no les permiten tener el acompañamiento de un animal guía.
No hay comentarios:
Publicar un comentario