• Se propone sancionar con cuatro a 12 años de prisión y 400 a mil 200 días multa a quien desproteja y provoque abuso emocional y físico a niñas, niños y adolescentes
La Diputada Esther Berenice Martínez Díaz (MORENA) impulsa
una iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal
Federal, con el propósito de prohibir “el castigo físico, psicológico y los
tratos humillantes y denigrantes infligidos a niños, niñas y adolescentes, como
forma de corrección o disciplina”.
La propuesta, enviada a la Comisión de Justicia para
dictamen, modifica el título decimonoveno de dicho precepto para denominarlo:
Delitos contra la vida, “la dignidad” y la integridad corporal. Asimismo,
adiciona el capítulo II “Del Maltrato Infantil”, que comprende el artículo 301
Bis, a fin de establecer sanciones de cuatro a 12 años de prisión y 400 a mil
200 días multa a quien con motivo de maltrato infantil desproteja a niñas,
niños y adolescentes, provocando el descuido, la negligencia y el abuso
emocional y físico.
También a quien “retenga, sustraiga, oculte, maltrate,
amenace, ponga en peligro o promueva mecanismos jurídicos y no jurídicos que
retrasen, obstaculicen, limiten e impidan la convivencia, con cualquiera de los
progenitores y familia ampliada”.
Las penas se aumentarán en una mitad más cuando se provoque
o induzca “a la participación de niñas, niños y adolescentes en conflictos
armados, situación de calle o mendicidad, situaciones de refugio o
desplazamiento”.
Lo anterior, sin perjuicio de que se acumulen las sanciones
que correspondan por otras conductas ilícitas que concurran en la realización
del delito y de las responsabilidades civiles que correspondan a quienes
ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia, de conformidad con las
disposiciones aplicables.
Para los efectos del Código Penal Federal se considerará
como abuso emocional cualquier acto u omisión que dañe la estabilidad
psicológica, que puede consistir en negligencia, abandono, descuido reiterado,
insultos, humillaciones, devaluación, marginación, indiferencia, comparaciones
destructivas, rechazo, restricción a la autodeterminación y amenazas.
Asimismo, limitar su derecho a la libre convivencia con
cualquiera de los progenitores y familia ampliada, y como abuso físico, se
considerará cualquier acto que inflige daño no accidental, usando la fuerza
física o algún tipo de objeto que pueda provocar o no lesiones ya sean
internas, externas, o ambas.
La Legisladora Martínez Díaz asevera que esta reforma
permitirá garantizar los derechos de la niñez y la adolescencia, para que se
desarrollen bajo un trato digno y libre de todo tipo de violencia por parte de
sus madres, padres, docentes y cuidadores.
Enfatiza que es necesario concientizar a la población que la
educación con gritos, insultos y golpes es perjudicial para el sano desarrollo
de la niñez y la adolescencia, ya que esto puede ocasionar baja autoestima,
aislamiento, dificultades en la atención, ansiedad, retraso del lenguaje,
agresividad, problemas de conducta, miedos y depresión, y a largo plazo se
pueden producir alteraciones del sueño y de la alimentación.
Indica que, de acuerdo con el Instituto Nacional de
Estadística y Geografía (INEGI), entre 2012 y 2017 fueron asesinados casi dos
mil 600 personas menores de 15 años, 42 por ciento por algún familiar, en sus
hogares o por maltrato. Padres, madres y padrastros son los principales agresores.
Según el Sistema de Protección Integral de Niñas, Niños y
Adolescentes (SIPINNA), en 2020 se registraron 27 mil 526 personas entre uno y
17 años que fueron atendidas en hospitales de México por lesiones ocurridas en el
interior de sus hogares.
Finalmente, apuntó que el propósito de sancionar las
conductas violentas en contra de las personas menores de edad es estar en
congruencia con lo establecido en la Ley General de los Derechos de Niñas,
Niños y Adolescentes, la cual señala que las autoridades federales, de las
entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la
Ciudad de México están obligadas a tomar las medidas necesarias para prevenir,
atender y sancionar los casos de descuido, negligencia, abandono o abuso físico,
psicológico o sexual, el castigo corporal o físico de menores.
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