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lunes, 13 de mayo de 2024

Promueven iniciativa para que el Estado reconozca y proteja la vida desde el momento de su concepción

Con ese objetivo, la Diputada Reza Gallegos (PAN) impulsa una iniciativa de reforma a la Carta Magna


La Diputada Rocío Esmeralda Reza Gallegos (PAN) impulsa una iniciativa de reforma al artículo 1º de la Constitución Política, para que el Estado reconozca y proteja el derecho a la vida desde el momento de la concepción.

La propuesta de la legisladora, turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales para su análisis y dictaminación, propone adicionar un párrafo cuarto a dicho precepto, recorriéndose los subsecuentes, para establecer que:

“El Estado reconocerá y protegerá el derecho a la vida desde el momento de la concepción. Las autoridades, en el ámbito de sus atribuciones, implementarán las acciones y políticas públicas correspondientes para la protección de ese derecho”.

En su exposición de motivos, enfatiza que “es menester referir, como parte fundamental del mosaico de derechos humanos, el derecho a la vida, toda vez que por el simple hecho de estar vivo y de la necesidad de la supervivencia, se constituye en uno de los derechos más importantes, puesto que, aunque todos lo sean, el resto de los derechos no existirán si el primero no hubiera ocurrido”.

Argumenta que el derecho a la vida inicia a partir de la concepción o fecundación, mediante la unión e implantación del espermatozoide con el óvulo, ya que “en ese momento surge un nuevo ser humano distinto de todos los que han existido antes, existen ahora y existirán en el futuro”.

En ese sentido, la Diputada Reza Gallegos asevera que “el Estado tiene la obligación de establecer, para la defensa de la vida que se inicia con la concepción, un sistema de protección legal efectivo, y dado el carácter fundamental del derecho a la vida, su instrumentación necesariamente debe abarcar todas las etapas”.

Reitera que el derecho a la vida es el derecho fundamental, el primero de todos, sin el cual no tienen cabida los demás derechos humanos, y debe ser consagrado de forma explícita en la Constitución Política, derivado de las reformas en materia de derechos humanos, de junio del 2011.

Existe plena coincidencia, agrega, en que los derechos humanos son inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua o cualquier otra condición, y que dichos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.

viernes, 3 de mayo de 2024

Promueven iniciativa para garantizar seguridad social a mujeres divorciadas diagnosticadas con cáncer

• El Diputado Valencia García (PRD) plantea modificar las leyes de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, del Seguro Social y del ISSSTE

Para establecer que cuando una mujer divorciada sea diagnosticada con cáncer se solicite a la institución de seguridad social que continúe brindando la atención médica, el Diputado Francisco Antonio Valencia García (PRD) impulsa una iniciativa que reforma y adiciona tres leyes.

En la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia busca precisar que cuando la mujer haya sido diagnosticada con cáncer y el excónyuge goce de la prestación de seguridad social, se solicitará a la institución de seguridad social se continúe brindando la atención médica y hospitalaria hasta la remisión total de esta enfermedad.

En la Ley del Seguro Social plantea que independientemente del régimen de afiliación de la persona trabajadora, las beneficiarias con cualquier tipo de cáncer continuarán recibiendo los servicios que ampara este seguro, en caso de divorcio con la persona trabajadora, incluyendo la hospitalización.

Mientras que en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) propone determinar que sólo en caso de que la mujer divorciada del trabajador o trabajadora se encuentre bajo tratamiento de cáncer, este continuará hasta su total remisión.

El documento, enviado a las comisiones unidas de Igualdad de Género y de Seguridad Social, menciona que la finalidad de la reforma es garantizar el derecho a concluir el tratamiento de cáncer a la mujer que es beneficiada de un trabajador inscrito en algún régimen de seguridad social, bajo el supuesto de que el tratamiento dio inicio en el tiempo del vínculo matrimonial.

De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en 2021 en México se registraron un millón 122 mil 249 defunciones, de las cuales 8 por ciento fue por tumores malignos (90 mil 123). La tasa de defunciones por esta causa aumentó de forma constante al pasar de 6.09 defunciones por cada 10 mil personas en 2010, a 7.06 en 2021.

Además, de las 46 mil 182 mujeres de 12 años o más que fallecieron por esta causa, el 37 por ciento estaba casada (17 mil 260), 23 por ciento viuda (10 mil 597) y 22 por ciento soltera (10 mil 307) al momento de morir.

La diputada Valencia García relata que de conformidad con el estudio “Estadística de divorcios 2022”, del INEGI, durante 2022 se registraron 166 mil 766 divorcios. 

Expone que investigadores y científicos estiman que los tipos de tratamiento utilizados actualmente para combatir los tumores malignos son: cirugías, radioterapia o terapia de radiación, quimioterapia, inmunoterapia, terapia dirigida, terapia hormonal o endocrina y trasplantes de células madre.

Por ello, agregó, es necesario garantizar que estos tratamientos para las mujeres divorciadas diagnósticas con cáncer continúen en el sistema nacional de salud, por lo que urge proveer del marco legal para que no se suspendan.