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martes, 14 de marzo de 2023

Participa COPRISEM en Simposio Internacional de Albercas 2023

Acuden más de 70 prestadores de servicios.
Llaman a procurar la salud de usuarios y trabajadores.

Toluca, Estado de México, marzo de 2023. Con la finalidad de proteger la salud y la vida de los usuarios, así como prevenir accidentes en instalaciones acuáticas, en el Estado de México están prohibidos los acuabares, así como el consumo de alimentos y bebidas en albercas a dos metros de sus áreas circundantes. 

Así lo señaló el subdirector de Verificación Sanitaria, de la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de México (COPRISEM) de la Secretaría de Salud, Benjamín Roberto Vera Sánchez, al participar en el Cuarto Simposio Internacional de Operación Saludable, Segura y Sustentable de Instalaciones Acuáticas y el Segundo Foro Internacional de Regulación Sanitaria de Establecimientos que Manejan Agua de Contacto. 

En representación del comisionado Santiago Ramos Millán Pineda, el subdirector de Verificación Sanitaria hizo hincapié en la importancia de cumplir con la Norma Técnica Sanitaria para Instalaciones Acuáticas, vigente en el Estado de México desde el 2019 y la Norma Oficial Mexicana NOM-245-SSA1-2010, Requisitos Sanitarios y Calidad del Agua que deben cumplir las albercas. 

Durante los trabajos que se llevaron a cabo en la capital mexiquense y a los que asistió el empresario Nelson Vargas, Vera Sánchez advirtió que es responsabilidad del establecimiento y de las autoridades correspondientes, fomentar el uso de medidas de seguridad, además de que todos los equipos, materiales y personal que laboren, deberán estar acreditados por organismos reconocidos por la autoridad sanitaria.

“Tenemos que tener profesionales que se dediquen a labores específicas, acreditados por una escuela de educación superior del territorio nacional, con reconocimiento internacional y, que cuenten con un programa educativo reconocido. Eso es muy importante, ese reconocimiento lo deben de dar la Secretaría de Educación Pública o en su caso la Secretaría del Trabajo”, dijo ante los más de 70 participantes. 

Ante propietarios, responsables y trabajadores de spas, parques acuáticos, balnearios, chapoteaderos, toboganes, así como albercas de terapia física, de enseñanza y clubes deportivos, entre otros, el Subdirector de Verificación Sanitaria sostuvo también que estos deben tener un plan de acción de emergencia y de riesgos biológicos.

Asimismo, mencionó que la renovación mínima diaria del agua de las piscinas, deberá ser del cinco por ciento, así como un buen manejo de iluminación, aire y tratamiento químico, que no ponga en riesgo la salud de los usuarios ni de los trabajadores. 

Cabe señalar que, durante el simposio, por parte del área jurídica de COPRISEM, Vanthie Rubí Esquivel, dijo que las multas que se aplican por incumplimiento de la norma sanitaria son muy elevadas y pueden ascender a más de un millón de pesos, por lo que llamó a los empresarios del ramo a cumplir con las especificaciones.

Entre los ponentes también se contó con la asistencia de Richard Falk del Comité de Estabilizadores de Cloro del Consejo para el Código Modelo de Salud Acuática (MAHC/CDC) de Estados Unidos, así como de Ellen Meyer, gerente de Seguridad de Productos y Asuntos Gubernamentales (SOLENIS) de Estados Unidos y especialistas de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS).

jueves, 26 de mayo de 2022

Exhorta COPRISEM a ciudadanía a denunciar establecimientos que representen un riesgo para la salud de la población

• Pone a disposición el correo denuncia.regulacionsanitaria@edomex.gob.mx y los teléfonos 722-213-7000 o 911.
• Destaca que es una acción permanente a fin de proteger el bienestar de la población mexiquense.

Toluca, Estado de México, mayo de 2022. La Secretaría de Salud estatal, a través de la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de México (COPRISEM), destacó la relevancia que tiene la denuncia ciudadana como coadyuvante de la autoridad, en la identificación de aquellos establecimientos que ofrecen bienes y servicios, así como insumos para la salud, y que representan un riesgo para la población.

Benjamín Roberto Vera Sánchez, subdirector de Verificación Sanitaria del Organismo, explicó que las visitas de verificación a los establecimientos prestadores de bienes y servicios se llevan a cabo de manera aleatoria, pero también en atención a una queja o denuncia que presente algún ciudadano.

Explicó que las mismas se reciben vía telefónica, correo electrónico, en las oficinas centrales o en las instalaciones de las 18 Jurisdicciones de Regulación Sanitaria que hay en la entidad.

Por lo que destacó la relevancia de las denuncias que hace la ciudadanía y las cuales se atienden de inmediato si se presentan a través del correo electrónico denuncia.regulacionsanitaria@edomex.gob.mx y el teléfono 722-213-7000, así como al número 911.

Añadió que una vez que se toma conocimiento de alguna inconformidad, en la cual el ciudadano debe brindar todos los datos que permitan la identificación del establecimiento, se determina llevar a cabo la verificación correspondiente y el desahogo del procedimiento jurídico administrativo.

El funcionario aseveró que los responsables de los negocios o las personas que atiendan las diligencias, están obligadas a permitir el acceso a los verificadores sanitarios que se encuentren habilitados, pues de no hacerlo puede implicar una suspensión total de actividades.

Incluso, dijo, puede ser motivo de una sanción que podría ir de las 6 mil a las 12 mil Unidades de Medida y Actualización (UMAS), que serían alrededor de medio millón de pesos.