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martes, 7 de enero de 2025

Proponen tipificar el acecho como delito y castigarlo con seis meses a dos años de prisión

• Las sanciones se duplicarán cuando la persona acechadora utilice alguna arma al tener acercamiento con la víctima: Diputada Martínez García


La Diputada Verónica Martínez García (PRI) promueve una iniciativa para castigar el acecho e imponer una pena de seis meses a dos años de prisión y una multa de hasta quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), cuyas sanciones se duplicarán en caso de que la persona acechadora utilice alguna arma al tener acercamiento con la víctima.

El documento, turnado a la Comisión de Justicia, incorpora como delito el acecho al Capítulo I “Hostigamiento Sexual, Abuso Sexual, Estupro, Violación”, y adiciona un artículo 259 Ter al Código Penal Federal.

Señala la necesidad de que el acecho sea reconocido como un delito que trasgrede la libertad de la víctima, genera un riesgo a su integridad e incluso a su vida y altera sus costumbres cotidianas, por lo que debe tipificarse siempre y cuando exista continuidad en dicho comportamiento.

Plantea que para los efectos de este código se entenderá por delito de acecho aquella conducta consistente en seguir, vigilar o comunicarse persistentemente con alguien en contra de su voluntad, atentando contra su seguridad, libertad e intimidad, independientemente de que sus fines sean sexuales o no.

La conducta debe ser reiterada, al menos en dos ocasiones, propiciando una alteración en la vida normal de la víctima, de tal forma que propicie menoscabo, restricción o limitación grave de su libertad de actuar o tomar decisiones.

Establece que se impondrá de seis meses a dos años de prisión y multa de hasta quinientas veces el valor diario de la UMA al momento de cometerse el delito y las penas se aumentarán hasta el doble en caso de que la persona acechadora se valga de alguna arma al tener acercamiento con la víctima, se viole una orden de protección o restricción judicial, que la persona autora haya cometido el mismo delito con anterioridad, se cometa en perjuicio de una persona menor de edad o que no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho o para resistirlo.

De igual forma, cuando la persona acechadora se valga de una posición jerárquica para cometer el delito, derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquiera otra que implique subordinación; que la víctima sea una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad, discapacidad física o psicológica, pobreza o marginación y que el acecho se lleve a cabo por varias personas.

Si la persona autora del delito fuese servidora pública y utilice los medios o circunstancias que su encargo le proporcione, además de las penas señaladas se le destituirá del cargo y se le podrá inhabilitar para ocupar cualquier otro cargo público hasta por el tiempo de la pena de prisión impuesta.

Si como resultado del acecho se produce daño en la integridad física de la víctima o su familia, se impondrá una pena de prisión de hasta cinco años, sin perjuicio de la que corresponda al delito de lesiones, homicidio o feminicidio.

Este delito se perseguirá por querella de parte ofendida, con excepción de lo previsto en el párrafo que antecede y en las fracciones IV y VI de este artículo, relativas a menores de edad y personas vulnerables.

En su exposición de motivos refiere que esta conducta se debe incorporar en el Código Penal Federal para que sea posible denunciarla antes de que se deriven hechos lamentables que suelen trascender fronteras estatales, por lo que se requiere que el alcance de la justicia no se limite al ámbito territorial.

Precisa que actualmente el marco jurídico está enfocado a otro tipo de conductas como el hostigamiento y acoso sexual con fines lascivos; sin embargo, el acecho no se encuentra contemplado en el Código Penal, a pesar de que se ha incrementado y puede desembocar en hechos violentos.

lunes, 12 de febrero de 2024

Agravarían sanciones por hostigamiento sexual en sector público

Incorporarán perspectiva de género en la atención de denuncias e investigaciones.
Plantean la inhabilitación de quienes declaradas culpables de estas faltas.

Integrantes de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso local consideraron viables las iniciativas de las bancadas de MORENA y del PVEM, para agravar las sanciones por hostigamiento y acoso sexual en la administración pública y en el entorno educativo y para incorporar la perspectiva de género en la atención de denuncias e investigaciones que se inicien por estas faltas administrativas graves.

Durante la reunión, presidida por el Legislador Gerardo Ulloa Pérez (MORENA), la comisión acordó que las y los diputados integrantes del órgano legislativo entreguen observaciones al dictamen a más tardar el 14 de febrero para solicitar a la Junta de Coordinación Política se agende una reunión de dictamen.

La Diputada Mónica Angélica Álvarez Nemer (MORENA), proponente de una de las iniciativas, recordó que la iniciativa ya integra las observaciones del Poder Judicial y del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México (TRIJAEM) derivadas de diferentes reuniones, así como las aportaciones de las y los legisladores locales.

La iniciativa de la Legisladora Mónica Álvarez plantea, entre otros aspectos, la inhabilitación para las personas servidoras públicas que sean declaradas culpables de estas faltas administrativas y fortalece las facultades del TRIJAEM para imponer a las instituciones públicas medidas de no repetición para evitarla continuidad en las violaciones a los derechos humanos.

Por parte de la bancada ecologista, la diputada Claudia Desiree Morales Robledo destacó la relevancia de la iniciativa para sancionar a docentes y personal administrativo que comentan hostigamiento sexual contra estudiantes o compañeros de trabajo.

Al respecto, el Diputado Alfredo Quiroz Fuentes (PRI) reconoció la relevancia de ambas iniciativas que plantean reformas a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios y al Código Penal del Estado de México para que se pueda alzar la voz sobre este tipo de conductas en el entorno laboral.

miércoles, 6 de septiembre de 2023

Es Línea Sin Violencia herramienta para atender la violencia de género

• Informan que, en lo que va de la administración se han atendido más de 44 mil llamadas, que atienden y previenen la violencia de género.

Toluca, Estado de México, septiembre de 2023. En la administración del gobernador Alfredo Del Mazo Maza, la atención a la violencia contra las mujeres ha sido un tema fundamental y prioritario, y para atenderlo, a través de distintas estrategias, se han implementado programas y servicios como la Línea Sin Violencia 800-1084-053.

A través de este servicio de la Secretaría de las Mujeres (SeMujeres), en lo que va de la administración se han atendido de manera gratuita y confidencial más de 44 mil llamadas lo que permitió a las Brigadas de Seguimiento realizar 698 visitas domiciliarias.

El objetivo de la Línea Sin Violencia es que las mexiquenses reciban apoyo u orientación que les permita salir del círculo de violencia en el que se encuentran y que puedan enfrentar, o identificar si sus hijas e hijos sufren violencia.

En esta Línea se ofrece asesoría jurídica, psicológica y de trabajo social, las 24 horas, los 365 días del año, e incluso en caso de necesitarlo las usuarias pueden ser canalizadas a alguno de los 12 Refugios que se encuentran ubicados de manera estratégica en la entidad.

Las llamadas recibidas se dividen en llamadas de violencia y no violencia, y de éstas, la más recurrente es la familiar, seguida de violencia en la comunidad, en el noviazgo, laboral y docente, digital, acoso sexual, institucional, hostigamiento sexual y violencia obstétrica.

Es importante señalar que una usuaria en ocasiones puede llamar más de una vez, generalmente por dudas que surgen de su caso o porque desean dar continuidad a su atención, y por lo tanto no se contabiliza cuántas veces llama cada una, ya que el registro es por llamada recibida.

lunes, 1 de agosto de 2022

Proponen que autoridades municipales acompañen a menores víctimas de abuso a presentar denuncia

• La diputada Rafael Dircio (PRD) busca adicionar el artículo 266 Ter al Código Penal Federal.
• Señala que los abusos en contra de niñas, niños y adolescentes se han agudizado por la pandemia de covid-19.

La diputada Fabiola Rafael Dircio (PRD) propuso adicionar el artículo 266 Ter al Código Penal Federal, para establecer que en caso de que las víctimas de hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro y violación, sean menores de dieciocho años, éstos puedan ser acompañados a presentar la denuncia por alguno de los o las síndicos del ayuntamiento o el o la presidenta del Sistema Municipal DIF.

En la iniciativa, enviada a la Comisión de Justicia, expone que los abusos en contra de niñas, niños y adolescentes se han agudizado a raíz de la pandemia de covid-19 y la ausencia de denuncia no permite que se castigue al o los abusadores y, como consecuencia, este delito continúa creciendo.

Refiere que, según el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) en México los casos de violencia contra niñas, niños y adolescentes casi nunca son denunciados, los motivos suelen ser varios, entre los cuales se puede destacar el temor al agresor, estigmatización, desconfianza en las autoridades o por desconocimiento de los derechos.

Menciona que datos de la Red por los Derechos de la Infancia en México, señalan que los altos índices de impunidad se mantienen en un 97 por ciento. De cada 100 carpetas de investigación, donde los niños son víctimas de un delito, sólo tres logran algún tipo de sentencia o proceso. 

La denuncia puede presentarla el niño, niña o adolescente en compañía de una persona adulta, o por escrito, y ratificarla ante la Fiscalía para Delitos Sexuales o la Fiscalía de la Defensa del Menor.

Sin embargo, actualmente no está permitido en la legislación que las y los síndicos municipales y a la o el presidente del Sistema Municipal DIF puedan acompañar a la víctima a presentar la denuncia.

Con la iniciativa, agrega, se busca incentivar el proceso de acompañamiento de la denuncia del abuso contra las o los menores, dado que, en muchos casos, la o el agresor es la persona encargada del cuidado de las y los menores de edad.

Expone que de acuerdo con especialista en temas relacionados con la violencia contra niñas, niños y adolescentes, antes de la pandemia era la propia comunidad, las y los compañeros escolares, así como las maestras y maestros, las y los vecinos, quienes generaban las alertas y promovían la protección de las y los pequeños abusados; sin embargo, a partir del confinamiento, las y los niños estaban en una mayor situación de vulnerabilidad, encerrados con quienes las y los agreden.

El Sistema DIF también ha manifestado que, por lo regular, quienes llevan a cabo esta práctica, emplean su poder, autoridad y fuerza, así como el engaño y la mentira; puede ser un familiar, conocido de la familia, vecino, profesor, cuidador e incluso el padre o la madre, mismos que abusan de la confianza depositada en ellos o ellas y utilizan premios, amenazas verbales, castigos, y generan miedo o violencia física contra el o los menores abusados.