La Cámara de Diputados, aprobó cambios a la Ley General de Acceso a las Mujeres a una vida Libre de Violencia en materia de hostigamiento y acoso sexual.
Laura Plascencia, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género e integrante de la bancada del Partido Revolucionario Institucional (PRI), dijo que los cambios a turnar al Senado, establecen la diferencia que existe entre acoso y hostigamiento sexual, lo que dará certeza jurídica a las víctimas y permitirá que las denuncias por tales causas sean atendidas de manera debida.
Se considerará hostigamiento sexual, cualquier conducta que cometa una persona contra otra con fines lascivos, a través del ejercicio del poder, asedio reiterado, o utilizando su posición jerárquica derivada de relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquier otra que implique subordinación.
También será acoso, las conductas con connotación sexual que no sean consentidas por la persona a la que se dirigen y que pueden implicar un estado de riesgo o indefensión para la víctima.
La falta de sanción y adecuada investigación de denuncias por agresiones de género, dan un ambiente de impunidad y de normalización de dichas agresiones, por eso es necesario establecer claramente en la ley ese tipo de faltas.
En México, siete de cada 10 mujeres son víctimas de violencia, el 40% de las mujeres han sufrido algún tipo de agresión sexual y se estima que cada minuto, una niña o mujer son violadas sexualmente.
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