Tanto la legislación, como los órganos electorales y los partidos políticos, han realizado todo para restringir la participación de los candidatos independientes, quienes deben contender en un esquema de desigualdad; además, les imponen condiciones difíciles de cumplir y después les desconocen los 9 mil 875 apoyos ciudadanos sin decirle, a él en particular, las razones por las cuales son desechadas esas firmas.
Hernández Hernández, aseguró que, para ser candidato independiente a una diputación local el Código Electoral le requería un total de 6 mil 854 firmas, pero ni de éstas ni del excedente de apoyos entregado se le informó el paradero, pues ahora resulta que no existen.
Afirmó que impugnó el acuerdo número 12 del consejo distrital 02, porque en ningún momento le explicaron qué pasó con sus firmas.
Por ello, los magistrados del TEEM resolvieron el JDCL/298/2918, interpuesto por Daniel Hernández en contra del acuerdo 12 del consejo distrital 02, e instruyeron al IEEM gestionar la apertura de la plataforma en un plazo no mayor de 24 horas para revisar los apoyos y detectar las inconsistencias que no hacen válido su registro.
Por lo tanto, el viernes próximo vencerá el plazo para la revisión y los órganos electorales, INE e IEEM, tendrán que determinar qué pasó con las firmas ciudadanas para, en su caso, validar o no la candidatura independiente de Daniel Hernández Hernández y tomar las previsiones necesarias que para su nombre aparezca en las boletas del próximo 1° de julio.
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