• También, se instalen paneles solares con la finalidad de
generar energía eléctrica para el bombeo del agua.
• La diputada Leticia Zepeda Martínez (PAN) presentó
iniciativa que modifica diversas leyes en la materia.
La diputada Leticia Zepeda Martínez (PAN) propuso reformar
diversas leyes con el objetivo de que se instalen en los edificios públicos
sistemas de captación de agua de lluvia, para apoyar la cobertura de agua
potable.
La iniciativa, que busca adicionar el artículo 3 de la Ley
de Aguas Nacionales, plantea establecer que los edificios públicos de los tres
órdenes de gobierno se equipen con sistemas de cosecha de agua pluvial, los
cuales se entenderán como el equipamiento que utilizará tecnologías y mecanismos
para captar, almacenar, bombear y dar tratamiento al agua de lluvia, con la
finalidad de darle diversos usos.
Asimismo, reforma los artículos 16 y 45 de la Ley Orgánica
de la Administración Pública Federal para señalar que, en cuanto al
equipamiento de las instalaciones de las Secretarías, se deberá contemplar como
obligación de los titulares el acondicionar y equipar los edificios públicos
con sistemas de cosecha de agua de lluvia para su aprovechamiento y
reutilización.
De la misma forma, todos los edificios públicos deberán ser
equipados con paneles solares con la finalidad de generar energía eléctrica
para el bombeo del agua, reduciendo los costos de consumo de estas
instalaciones. La energía solar acumulada también se podrá utilizar para la
operación de los edificios. Los procedimientos para la instrumentación de esta
disposición se establecerán en el reglamento que se emita para ese fin.
También indica que los organismos descentralizados
-entidades creadas por ley o decreto del Congreso de la Unión o por decreto del
Ejecutivo Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios- deberán
acondicionar y equipar los edificios públicos en los que se establezcan para el
despacho de sus asuntos, con sistemas de cosecha de agua de lluvia para su
aprovechamiento y reutilización.
Además, modifica el artículo 30 de la Ley General de Cambio Climático, para precisar que las dependencias y entidades de la Administración
Pública Federal centralizada y paraestatal, las entidades federativas y los
municipios, promoverán el aprovechamiento sustentable de las fuentes
superficiales y subterráneas de agua, así como programas de captación de agua
de lluvia, lo que incluye los bienes inmuebles de servicio público.
El documento, remitido a las comisiones de Gobernación y
Población, de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, y de Cambio
Climático y Sostenibilidad, resalta que el agua es un recurso imprescindible en
el mantenimiento de los ecosistemas, pero sobre todo es un derecho esencial
para la vida y la dignidad de los seres humanos.
Afirma que la garantía del suministro de agua en cantidad y
en calidad suficientes es fundamental para el desarrollo de la sociedad y para
la lucha contra la pobreza y las enfermedades. El carácter transversal del agua
hace que sea un recurso básico para el desarrollo sostenible a nivel económico,
social y ambiental.
Sostiene que la principal preocupación es el aprovechamiento
correcto del agua en estos edificios, apoyando al suministro de los servicios
de agua potable. La reforma aportará a mejorar el bienestar social, el
desarrollo económico y la preservación de la riqueza ecológica de nuestro
país.
“Al expandir la infraestructura y mejorar la tecnología para contar con energía limpia en los edificios públicos de nuestro país, se podrá avanzar en el objetivo crucial que puede estimular el crecimiento y a la vez ayudar al medio ambiente”, puntualiza.
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