• La violación de dicha de disposición se sancionará con
multa de hasta dos mil veces la UMA
• La diputada Dionicia Vázquez García (PT) propone reformar
la Ley General de Salud
Con el propósito de prohibir la venta o suministro de
bebidas energéticas a menores de 18 años, la diputada Dionicia Vázquez García
(PT) planteó modificar los artículos 215, 216 Bis y 419 de la Ley General de
Salud y establecer que la violación de dicha disposición se sancionará con
multa de hasta dos mil veces la Unidad de Medida y Actualización.
Las reformas precisan que sólo se podrá exceptuar dicha
prohibición cuando menores de 18 años, en casos excepcionales, previa
autorización por escrito de uno de sus padres o tutor y siempre que se trate de
situaciones en las que se requiera una dosis de energía adicional, como en el
caso de deportistas en competiciones o de alta exigencia física.
También se incluye la definición de bebida energética como
“cualquier líquido que contenga estimulantes como la cafeína, taurina, tiamina
u otros ingredientes que se comercialicen con la finalidad de aumentar
temporalmente el nivel de energía, el estado de alerta y la capacidad de
rendimiento físico o mental en las personas”.
La exposición de motivos de la iniciativa, turnada a la
Comisión de Salud, señala que el consumo de bebidas energéticas en niñas, niños
y adolescentes es considerado inapropiado por los expertos, debido a los
estimulantes que contienen.
Menciona que, de acuerdo con investigaciones, el consumo
frecuente de estas bebidas puede afectar negativamente el equilibrio adecuado
de carbohidratos, grasas y proteínas necesarias para un óptimo crecimiento,
desarrollo y salud. Por ello, es importante concientizar sobre los riesgos
asociados al consumo de bebidas energéticas en los menores de 18 años y
promover una alimentación y estilo de vida saludables para su bienestar
general.
El documento refiere que la Organización Mundial de la Salud
(OMS) ha advertido que el consumo excesivo de bebidas energéticas está asociado
a sobredosis de cafeína, diabetes tipo 2, problemas durante el embarazo,
efectos neurológicos y cardiovasculares en niños y adolescentes, dependencia,
mala salud dental y obesidad.
Asimismo, la OMS recomienda a los gobiernos introducir las
siguientes políticas regulatorias: un límite sobre la cantidad de cafeína que
puede llevar una bebida, una restricción sobre su venta a niños y adolescentes,
educar a quienes ofrecen cuidados médicos en torno a la intoxicación,
dependencia y síndrome de abstinencia de cafeína y regular la publicidad de
bebidas energizantes.
Resalta que en México no se cuenta con medidas suficientes
para proteger a los menores de 18 años con relación al consumo, venta y
distribución de bebidas energéticas. Esto ha llevado a un consumo excesivo de
productos que contienen aditivos y estimulantes, lo que representa un grave
riesgo para la salud de este sector poblacional.
Ante ello, es importante implementar medidas de regulación y
control para proteger la salud y bienestar de las niñas, niños y adolescentes y
con la iniciativa se pretende establecer la prohibición
de la venta de bebidas energéticas a menores con el objetivo de proteger su salud y bienestar, evitando que consuman productos que tengan efectos negativos en su organismo.
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