• La Diputada Campuzano González (PAN) plantea reformar el Código Penal Federal
La Diputada Gina Gerardina Campuzano González (PAN) impulsa
una iniciativa de reforma al Código Penal Federal para imponer pena de prisión
a quien maltrate con dolo y crueldad a cualquier ejemplar de especie animal.
La iniciativa, turnada a la Comisión de Justicia, plantea
adicionar los artículos 419 Bis 1, 419 Bis 2 y 419 Bis 3 a dicho ordenamiento
jurídico, para establecer que también se impondrán de uno a tres años de
prisión y de 500 a mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a quien
utilice a un animal con fines sexuales.
Estas sanciones se incrementarán hasta en un 50 por ciento
si la persona documenta los actos mediante fotografía, video u otro medio para
su difusión pública por cualquier plataforma o medio de comunicación,
incluyendo, medios físicos y digitales.
Agrega que se considerará como actos de zooerastia la
realización de actos eróticos o sexuales con un animal, lo cual incluye, pero
no se limita a la introducción vía vaginal o rectal del miembro viril, cualquier
parte del cuerpo, objeto o instrumento, en un animal.
También se propone sancionar con una pena de uno a tres años
de prisión y una multa de 300 a 500 veces la UMA“ a quien con dolo ejecute
actos de maltrato o crueldad hacia cualquier ejemplar de especie animal,
resultando en lesiones, daño o alteraciones significativas en su salud”.
La sanción se incrementará en hasta dos terceras partes en
los casos siguientes: cuando las acciones emprendidas pongan en riesgo la vida
del animal, cuando el daño causado resulte en una discapacidad temporal o
permanente que limite la movilidad del animal o afecte el funcionamiento normal
de alguno de sus órganos.
De igual forma, cuando se mutile al animal con cualquier
propósito que no sea un procedimiento médico veterinario dirigido a preservar o
mejorar la salud y bienestar del animal.
Campuzano González propone que se imponga prisión de dos a
seis años y una multa de 600 a mil 200 veces la UMA a cualquier individuo que
intencionalmente maltrate o cometa actos de crueldad contra un animal de
cualquier especie, resultando en la muerte del mismo.
Además, todos los animales que el infractor pueda tener bajo
su custodia serán confiscados. Si se utilizan métodos que causen un sufrimiento
severo al animal antes de su muerte, las sanciones se incrementarán hasta en
dos terceras partes.
Los métodos que provocan un grave sufrimiento se definen
como aquellos que resultan en una muerte lenta y prolongan la agonía del animal
y los delitos estipulados en este artículo serán perseguidos por querella.
El proyecto también estipula que se considerará a los
animales abandonados o encontrados en el entorno urbano como animales
callejeros, y éstos no serán clasificados como plagas bajo ninguna
circunstancia.
En la exposición de motivos, la legisladora apunta que, al
reformar el Código Penal Federal para incluir el maltrato y explotación sexual
de animales como delitos, se estaría brindando una protección legal más fuerte
y efectiva para los animales, ya que se penaliza de manera clara estos ilícitos.
Refiere que en México se calcula que existen 80 millones de
mascotas, de las cuales 43.8 millones son caninos, 16.2 millones felinos y 20
millones corresponden a mascotas pequeñas.
Además, cada año mueren alrededor de 60 mil ejemplares, pues
se estima que siete de cada 10 animales domésticos son víctimas de alguna forma
de maltrato, lo que ubica a nuestro país en el primer lugar en Latinoamérica en
maltrato animal y tercero a nivel mundial.
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