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jueves, 29 de septiembre de 2022

Comisiones unidas definen proceso de consulta a personas con discapacidad en materia de educación inclusiva

Las juntas directivas de las Comisiones Unidas de Educación y de Atención a Grupos Vulnerables se reunieron para definir el proceso de consulta a personas con discapacidad en materia de educación inclusiva.

Durante su reunión extraordinaria, las y los integrantes de estas instancias legislativas acordaron diseñar el documento de trabajo y emitir la convocatoria a dicho proceso.

Además, aprobaron el proyecto de adenda al acuerdo de las comisiones unidas por el que se establece el procedimiento para la atención a la acción de inconstitucionalidad 121/2019, en materia de consulta a personas con discapacidad en la Ley General de Educación.

La presidenta de la Comisión de Educación, diputada Flora Tania Cruz Santos (MORENA) explicó que si bien la Suprema Corte en su acción de inconstitucionalidad 121/2019 declaró la invalidez del documento fue sólo por no haber realizado el proceso de consulta a personas con discapacidad en materia de educación inclusiva. 

Por su parte, la diputada Gabriela Sodi Miranda (PRD), presidenta de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, detalló que el documento de trabajo se pondrá a consideración de los expertos y académicos para que verdaderamente exista inclusión en la enseñanza básica. 

Sobre la convocatoria, la diputada Flora Tania Cruz Santos (MORENA) propuso que se amplíe la fecha de recepción de documentos para que sea del 4 al 8 de noviembre; asimismo, se incluya el correo institucional de la Comisión de Educación del Senado de la República para hacerlos partícipes de este proceso. 

La diputada Norma Angélica Aceves García (PRI) mencionó que este llamado de inconstitucionalidad debe ser aprovechado para analizar el tema y perfeccionarlo, pues consideró que aún con la realización de la consulta si esta no se hace de forma adecuada se corre el riesgo de que se vuelva a declarar ilegal. 

Por ello, planteó la necesidad de que se defina y establezca claramente que se dará la publicidad necesaria a la convocatoria a partir de su publicación, a fin de que las personas y las organizaciones cuenten con el tiempo para deliberar las propuestas del derecho a la educación a las personas con discapacidad y darlas a conocer a las comisiones unidas para su consideración.   

A su vez, la diputada Mónica Herrera Villavicencio (MORENA) se congratuló por la aprobación del proceso de consulta, toda vez que dará voz a las personas con discapacidad y, con ello, se logrará pagar la deuda que se tiene en materia educativa. Además, pidió que se difunda la convocatoria para que todas y todos puedan participar.

lunes, 26 de septiembre de 2022

Piden crear la Comisión Nacional de Arbitraje Médico Veterinario

• La diputada Sodi Miranda (PRD) impulsa reformas a la Ley Federal de Sanidad Animal.
• La iniciativa se turnó a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

La diputada Gabriela Sodi Miranda (PRD) planteó reformas a la Ley Federal de Sanidad Animal con el objeto de conformar una Comisión Nacional de Arbitraje Médico Veterinario que, con base en criterios científicos, profesionales y autónomos, dirima las responsabilidades que tengan tanto los profesionales de la medicina veterinaria como las y los propietarios de mascotas.

La iniciativa menciona que la Autoridad Nacional Veterinaria tendrá a su cargo a la citada Comisión, la cual contribuirá a resolver los conflictos suscitados entre los usuarios de los servicios médicos veterinarios y los prestadores de dichos servicios.

Las funciones de la Comisión Nacional serán las de brindar asesoría e información a los usuarios y prestadores de servicios médicos veterinarios, dirimir las controversias y atender las quejas que presenten los usuarios, así como proponer medidas de conciliación, añade.

Define que la Autoridad Nacional Veterinaria es el órgano desconcentrado de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, que reúne a los veterinarios y demás profesionales, cuya responsabilidad es supervisar la aplicación de las medidas de protección de la salud y el bienestar de los animales, los procedimientos nacionales e internacionales de certificación veterinaria y las demás Normas Oficiales Mexicanas.

La propuesta, que se canalizó a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales para su análisis, precisa que los servicios de medicina veterinaria designan a las personas u organizaciones, públicas o privadas, que aplican las medidas de protección de la salud y el bienestar de los animales, y actúan bajo la supervisión y tutela de la Autoridad Nacional Veterinaria.

Asimismo, establece que son animales urbanos y de compañía todos aquellos que han atravesado un proceso de domesticación, que han aprendido a convivir con el ser humano y que les costaría llevar una existencia alejada de la sociedad humana.

Argumenta que con la revalorización de los animales de compañía se ha abierto una nueva exigencia en materia de sanidad animal para contar con altos estándares de gestión; no obstante, los conflictos entre sus propietarios y las y los médicos veterinarios pueden presentarse cuando alguna de las partes no actúa éticamente y, al menos en nuestro país, no existe un órgano gubernamental que permita dirimir estas controversias de manera imparcial.

​Con lo anterior, plantea la iniciativa, se garantizará que las y los usuarios de servicios médico-veterinarios accedan a los más altos estándares de profesionalismo.

viernes, 23 de septiembre de 2022

Aprueban que recursos para programas que canaliza el CONACyT se sujeten al principio de paridad de género

• La reforma avalada por el Pleno de la Cámara de Diputados favorece la participación equitativa de las mujeres en la ciencia.

Con 467 votos a favor y tres abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACyT), para establecer que los recursos para programas que canaliza dicho Consejo se sujeten al principio de paridad de género. 

La adición de una fracción IV al artículo 13 de dicha ley establece que, como condición en la canalización de recursos por parte del Consejo para programas, proyectos, estudios, investigaciones específicas, otorgamiento de becas en sus diferentes modalidades y cualquier otro apoyo o ayuda de carácter económico que convenga o proporcione, la distribución de estos apoyos deberá sujetarse al principio de paridad de género, favoreciendo las condiciones para la participación equitativa de las mujeres en la ciencia”.

El documento, remitido al Senado de la República para sus efectos constitucionales, señala que la reforma tiene como finalidad la incorporación como una condición más en la canalización de recursos por parte del CONACyT, del principio de paridad entre géneros, para favorecer la participación equitativa de las mujeres en la ciencia. 

Indica que se busca reconocer el derecho humano de todas las personas a gozar y participar en el desarrollo de la ciencia, la tecnología y la innovación, así como a la igualdad, la no discriminación por razón de género y al principio de paridad entre géneros   

En la fundamentación, el diputado José Miguel De la Cruz Lima (MORENA), secretario de la Comisión Ciencia, Tecnología e Innovación, reconoció que se tienen asignaturas pendientes en materia de equidad de género; las mujeres están infrarrepresentadas tanto en el campo de la investigación científica básica como en los niveles superiores de las decisiones. 

Afirmó que el dictamen refleja el trabajo legislativo que se realiza en la Comisión para generar mecanismos que contribuyan a frenar la violencia de género, consolidar la igualdad sustantiva y cerrar las brechas económicas, laborales, salariales y sociales que se siguen presentando en el contexto del desarrollo de las mujeres que realizan trabajos de investigación científica y tecnológica. 

La reforma, continuó, apuntala de forma adecuada los principios de progresividad y proporcionalidad en materia de derechos humanos. Consideró que “tenemos que contar con las leyes que manden una señal clara a los mexicanos en el sentido de que el parlamento de nuestro país trabaja para ofrecer a las mujeres condiciones adecuadas que les permitan consolidar sus carreras científicas con independencia en su proyecto de vida personal”. 

La promovente de la reforma, la diputada Gabriela Sodi Miranda (PRD) dijo que “las mujeres con vocación científica en nuestro país y en el mundo han transitado por un camino que no ha sido nada fácil, son relegadas a un lugar secundario, incluso cuando su aporte es equivalente o superior al de sus colegas hombres”. 

Por ello, indicó, es importante que el CONACyT cuente con el mandato legal para favorecer la participación científica y equitativa de las mujeres desde la generación de los programas, proyectos y estudios e investigaciones específicas, y la concesión de apoyos económicos y becas igualitarias a la de los hombres.

lunes, 15 de agosto de 2022

Piden sancionar de seis meses a 5 años de prisión a quien ejerza violencia en contra de animales de compañía

• La diputada Gabriela Sodi (PRD) plantea adicionar el artículo 419 Ter al Código Penal Federal.
• Será obligatoria la reparación del daño, incluida la atención médica veterinaria.

Para sancionar de seis meses a cinco años de prisión y de 500 a 5 mil días multa al propietario, encargado o tercera persona que deliberadamente realice alguna conducta que cause daños físicos o psicológicos en contra de animales urbanos o de compañía, la diputada Gabriela Sodi Miranda (PRD) impulsa una iniciativa para adicionar el artículo 419 Ter al Código Penal Federal.

Menciona que toda persona que ejecute conductas de crueldad, maltrato, daño o tortura en contra de un animal está obligada a la reparación del daño en los términos establecidos en el Código Civil Federal. La reparación del daño, de ser el caso, incluirá la atención médica veterinaria, medicamentos, tratamientos o intervención quirúrgica.

El documento remitido para dictamen a la Comisión de Justicia y para opinión a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, expone que las conductas por las que podrían ser sanciones son: que los abandonen en alguna vía pública, parque o cualquier sitio en donde se encuentren sin su custodia o comprometer su bienestar al desatenderlos por periodos prolongados en bienes de propiedad de particulares.

Asimismo, actos de negligencia que les causen la muerte por cualquier medio que prolongue la agonía o provoque sufrimiento o cause cualquier mutilación, alteración de la integridad física o modificación negativa de sus instintos naturales, que no se efectúe bajo causa justificada y cuidado de un especialista o persona debidamente autorizada y que cuente con conocimientos técnicos en la materia.

También, todo hecho, acto u omisión que pueda ocasionar dolor, sufrimiento, poner en peligro la vida del animal o que afecten el bienestar animal; no brindarles atención médico-veterinaria cuando lo requieran o lo determinen las condiciones para el bienestar animal.

De igual modo, toda privación de aire, luz, alimento, agua, espacio, abrigo contra la intemperie, cuidados médicos y alojamiento adecuado, acorde a su especie, que cause o pueda causar daño a un animal.

La diputada Sodi Miranda menciona que actualmente en la legislación existen vacíos legales que garanticen el bienestar animal, ya que de acuerdo a los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), 7 de cada 10 mascotas sufren algún tipo de violencia.

Dichas cifras colocan a México como el primer país en Latinoamérica en maltrato animal y el tercero a nivel internacional, por lo que es necesario incluir penas que sean determinantes ante conductas identificadas como maltrato en contra de un animal doméstico, de compañía o urbano.

Indica que en la mayor parte de territorio nacional se cuenta con leyes estatales de protección animal, que han permitido incluir en los códigos penales delitos de crueldad, como son Baja California, Coahuila, Colima, Ciudad de México, Durango, Guanajuato, Jalisco, Puebla, Veracruz y Zacatecas.

Relata que los animales aun cuando tienen un propietario, la propiedad o tenencia no generan un derecho absoluto, por lo que la crueldad animal implica desde la negligencia en cuidados básicos hasta el sufrimiento, humillación, dolor físico o psicológico a un animal de compañía, urbano o silvestres y estos pueden ser ejercidos de manera dolosa o culposa.