* La reparación del daño debe ser integral, coinciden.
* El delito se ha incrementado hasta 900 por ciento en los últimos ocho
años: Ingrid Schemelensky.
La iniciativa de la diputada Ingrid Schemelensky Castro (PAN) para
armonizar la legislación estatal en materia de abuso sexual infantil y añadir
agravantes por este delito fue respaldada por representantes de la Fiscalía
General de Justicia del Estado de México (FGJEM) y de la Secretaría de Justicia
y Derechos Humanos (SJyDH), al considerar que es un reclamo de la sociedad.
En reunión de trabajo de la Comisión de Procuración y Administración de
Justicia del Congreso local, el diputado Gerardo Ulloa Pérez (MORENA),
presidente del órgano legislativo, agradeció las observaciones de la FGJEM y de
la SJyDH, y adelantó que solicitarán a la Junta de Coordinación Política una
reunión de dictamen.
La diputada Ingrid Schemelensky reconoció el esfuerzo conjunto de los
poderes Legislativo y Ejecutivo para combatir el abuso sexual contra menores de
edad que se ha incrementado hasta un 900 por ciento en los últimos ocho años,
por lo que indicó que se considerarán sus aportaciones a su iniciativa de
reformas al Código Penal del Estado de México.
La diputada propone agregar agravantes cuando el delito sea cometido por
familiares y personas que tengan la custodia, guarda, educación o aproveche la
confianza de la niña, niño o adolescente; así como establecer la reparación de
los daños y perjuicios considerando el grado de afectación de la víctima y el
tipo de terapia que requiera.
Alma Delia Sandoval Rodríguez, coordinadora general de Delitos Vinculados a
la Violencia de Género de la FGJEM; y Javier de Jesús Domínguez González, director
general de Legislación y Estudios Normativos de la SJyDH, reconocieron la
relevancia de sumar agravantes al delito e indicaron que se podrían integrar
los que considera actualmente el delito de violación.
Añadieron que no es necesario agregar lo de la reparación del daño toda vez
que ya lo establece el Sistema de Justicia Penal pero sí puntualizar en el
Código Penal estatal que la reparación del daño debe ser integral, tanto
material como moral.
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