lunes, 19 de agosto de 2024

Promueven garantizar la seguridad de menores de edad que resulten embarazadas por violencia sexual

• El personal de salud que atienda a niñas víctimas de violencia sexual tendrá que avisar al MP: Diputada Rosete Sánchez (PT)


La Diputada María de Jesús Rosete Sánchez (PT) presentó una iniciativa que adiciona el artículo 61 Ter a la Ley General de Salud, con la finalidad de garantizar la seguridad de las menores de edad embarazadas.

Propone que el personal de salud que atienda a una menor de edad embarazada deberá dar aviso a la Unidad de Trabajo Social, para que conjuntamente con un profesional en psicología entrevisten a la niña o adolescente y emitan un dictamen, a fin de descartar que exista un riesgo que la presuma como víctima de violencia sexual.

Añade que, en caso de identificar en la menor de edad embarazada posibles signos de violencia sexual, deberán dar aviso inmediato al Ministerio Público (MP) como autoridad responsable para su conocimiento, debida investigación y garantizar la seguridad de la menor gestante.

La propuesta, turnada a la Comisión de Salud, señala en su exposición de motivos que esta reforma contribuirá a que las denuncias que no realizan las niñas y adolescentes víctimas de violencia sexual, por temor a represalias, a ser culpadas, por vergüenza o por falta de apoyo físico, psicológico y emocional, se presenten ante la autoridad competente.

Expone que, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (ENSU), la mayoría de los casos de violencia sexual no se denuncian, por lo que la impunidad de los agresores es del 99 por ciento y solo el 2 por ciento de los casos se conocen en el momento en que se presenta el abuso y pueden pasar años para que la víctima decida denunciar.

Por su parte, un Estudio del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI) reveló que en las 32 fiscalías, procuradurías y tribunales del país, por cada mil agresiones de violencia sexual que se comenten anualmente, únicamente 100 se denuncian, 10 se van a juicio y sólo se condena a un agresor.

Asimismo, entre julio y diciembre de 2020 se conocieron ocho mil 597 carpetas de investigación por violación, en tanto que 194 mil 334 mujeres fueron víctimas de este delito, lo que revela que el 96.4 por ciento de los casos no fueron denunciados.

La iniciativa señala que en los códigos penales de las entidades federativas se establece que la edad mínima para el consentimiento sexual oscila entre los 12 y 16 años; sin embargo, en los países europeos la edad establecida es de los 15 a los 16 años, y en países de América Latina es de 14 años.

En México, se estima que la tasa de violación de niñas y niños en 2020 fue de cinco mil por cada 100 mil habitantes.

Por esta razón, agrega la legisladora, las víctimas de violencia sexual sin importar su género, sufren consecuencias sociales, conductuales y de salud mental, pero las mujeres, niñas y adolescentes soportan la carga más preocupante al ser vulnerables en su salud sexual y reproductiva con embarazos no deseados y abortos inseguros.

Resalta que México ha trabajado para crear políticas públicas a favor de la infancia; no obstante, la violencia sexual que sufren las niñas y adolescentes, cuyos embarazos son producto de esta agresión, no son denunciados.

De ahí el objetivo de esta iniciativa para que el personal de salud que atienda a una menor de edad embarazada emita un dictamen para descartar el riesgo de violencia sexual y, de ser así, avisar al Ministerio Público para garantizar la seguridad de la menor.

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