jueves, 3 de mayo de 2018

Recuerda que debes recibir utilidades a más tardar el 30 de mayo: STPS

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), mencionó que de acuerdo con Ley Federal del Trabajo, durante mayo y junio, los patrones deberán realizar el pago de Reparto de Utilidades a los trabajadores.
Para obtener esta prestación es necesario que los trabajadores hayan laborado al menos 60 días en los centros de trabajo. La Ley indica que tienen derecho quienes trabajen para personas morales (empresa) y deberán recibir el pago de utilidades a más tardar el 30 de mayo.
Por otro lado, si se labora para una persona física con actividad empresarial por la tarea productiva, o los servicios que ofrece en el mercado (patrón), la fecha límite para obtener las utilidades es el 29 de junio.
Se libera de dicho reparto a empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento; al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
Las empresas forzadas a entregar el reparto de este derecho para el trabajador, deben registrar utilidades netas mínimas de 300 mil pesos, según su declaración fiscal 2017.
Para definir el reparto de utilidades, se requiere:
-Verificar que el patrón haya generado utilidades en el ejercicio fiscal anterior;
-Que se haya constituido la Comisión Mixta de Utilidades en la Empresa (integrada por igual número de representantes del patrón y de los trabajadores).
-Que se haya determinado la partición individual a cada trabajador.
La PROFEDET se conservará cautelosa para brindar orientación y asesoría de forma gratuita, para que se realice el pago de Utilidades a las y los trabajadores, y cuenta con los números gratuitos 01 800 911 7877 y 01 800 717 2942 para orientación.

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