Por unanimidad de 467 votos, la Cámara de Diputados aprobó reformar diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles con el objeto de incorporar el uso de medios telemáticos para celebrar asambleas de asociados, socios o accionistas, así como las juntas o sesiones de los órganos de administración.
El dictamen, que se envió al Senado de la República, establece que la escritura o póliza constitutiva de una sociedad deberá contener las reglas para la celebración de las Asambleas de Socios y de los órganos de administración, siendo que los estatutos podrán celebrarse de forma presencial o mediante el uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, que permitan la participación de la totalidad o una parte de los asistentes por dichos medios en la asamblea o junta de que se trate.
Ello, siempre y cuando, la participación sea simultánea y se permita la interacción en las deliberaciones de una forma fundamentalmente equivalente a la reunión presencial.
Sobre la Sociedad de Responsabilidad limitada el documento considera que las resoluciones de los gerentes podrán tomarse mediante el uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, si así lo establecen los estatutos sociales.
Subraya que no se entenderá que una asamblea se realiza fuera del domicilio social por el sólo hecho de utilizarse medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología. Adicionalmente, los socios podrán celebrar asambleas fuera del domicilio social, siempre y cuando la totalidad de los socios lo aprueben.
Al fundamentar el dictamen, el diputado presidente de la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, Jorge Ernesto Inzunza Armas (PAN), dijo que comparten la visión de incorporar la figura jurídica de asambleas y juntas por medios telemáticos porque agilizarán, facilitarán y darán certeza jurídica a las asambleas.
“Consideramos acertadas las propuestas de modificación, máxime tomando en cuenta que ante la aún imperantemente situación sanitaria derivada del Covid-19, órganos colegiados han adoptado exitosamente el formato de sesiones virtuales salvaguardando la seguridad jurídica y preservando la salud minimizando los riesgos de contagio”, agregó.
Subrayó que en países como España, Francia, Estados Unidos, Colombia, Costa Rica y Reino Unido se ha adoptado con éxito la modalidad telemática para la celebración de asambleas y juntas de los órganos y sociedades.
Del PRI, la diputada Ana Lilia Herrara Anzaldo afirmó que la reforma da sustento legal y certeza jurídica al establecer en la ley lo que en la práctica se ha vuelto una necesidad. “Estoy convencida que el trabajo a distancia llegó para quedarse y debemos aprovecharlo en los distintos sectores de la sociedad”.
Además, es un apoyo a la economía y a las empresas que durante la pandemia se obligaron a usar los medios telemáticos para organizar sus reuniones. “Las legisladoras y legisladores tenemos la obligación de aprobar reformas que permitan abrir todos los mecanismos posibles para impulsar la reactivación económica en apoyo de la gente que hoy lucha para reconstruir las bases de su economía”.
Con esta reforma, agregó, se apoya a las empresas para que las asambleas de asociados, socios y accionistas, con el uso de la tecnología, puedan agilizar sus cargas administrativas y dotar de seguridad y certeza jurídica a los actos o documentos necesarios en la práctica comercial.
“El reto es aprovechar la oportunidad que ofrece la adversidad, pues, aunque el contacto personal sin duda es insustituible, la interacción a distancia abarata costos y agiliza tiempos que deben aprovecharse para mitigar los efectos de la pandemia impulsando el desarrollo productivo”, señaló.
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